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Moreno Bonilla, Rocío Hernández y Valle García

El presidente de la Junta, Moreno Bonilla; Rocío Hernández, consejera de Salud, y Valle García, gerente del SAS

Corrupción, Opinión, Política, Salud, Tribunales

Los cargos firmantes de los contratos y conciertos del SAS quedan impunes del delito de prevaricación si son médicos

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La asociación Justicia por la Sanidad ha constatado, con sus investigaciones y querellas por presuntos delitos de prevaricación y fraude en las contrataciones efectuadas por el Servicio Andaluz de Salud (SAS), que es muy improbable que un Tribunal pueda condenar a los firmantes de las resoluciones de las adjudicaciones de los contratos por el delito de prevaricación, tal como se acredita en este artículo.

Esta es la cruda realidad que padecemos los españoles, en la que el “Estado de partidos” o partidocracia instituida en 1978 constituye la causa de las numerosas atrocidades e injusticias que continuamente acontecen, sin que los españoles decidan ponerle fin a este disparate e ignominia de la que se benefician exclusivamente los partidos y sus allegados.

La asociación Justicia por la Sanidad, constituida en 2017, ha sido la primera en destapar el escándalo de la corrupción existente en el SAS, la Consejería de Salud y los entes instrumentales adscritos a esos dos organismos, especialmente en materia de contratos y conciertos suscritos por dichos organismos con empresas privadas, con procedimientos, fraccionamientos y prórrogas ilegales, entre otras actuaciones torcidas en Derecho (corrupciones), tal como ha ido comprobando documentalmente.

Al final de este artículo están disponibles los artículos que acreditan una parte de las investigaciones realizadas y denunciadas desde 2017, una corrupción que es permanente en el SAS, una agencia administrativa que sigue instalada en la ilegalidad, entre otros motivos, por no tener aprobados sus Estatutos ni reunir a su máximo órgano de dirección desde el año 2003, el Consejo de Administración del SAS.

En 2018, la citada asociación presentó dos querellas por presuntos delitos de prevaricación y fraude en contratación, con relación a unos contratos de servicios suscritos con empresas privadas por el Hospital Universitario “Virgen de las Nieves” (HUVN), la Plataforma Provincial de Compras de Granada del SAS y otros entes instrumentales de los anteriores organismos.

Con relación a una de las querellas, los jueces del Juzgado de Instrucción 4 y de la Audiencia Provincial de Granada, no apreciaron la comisión del delito de prevaricación en los Gerentes de los Hospitales que suscribieron los contratos del HUVN del SAS porque, entre otros motivos, manifestaron que, al ser médicos, desconocen la legislación de contratos y desconocen lo que firman (no se da el supuesto de “a sabiendas”, el dolo), a pesar de incluir en sus sueldos la responsabilidad del cargo. Por tanto, poner un robot como gerente de los Hospitales para firmar los contratos podría servir y así ahorrarnos sus astronómicos sueldos.

Aunque el principio general “ignorantia iuris non excusat” afecta, de modo especial, a los funcionarios públicos, según los citados órganos judiciales, no afecta a los directivos del SAS por el hecho de ser médicos, como se acredita más adelante. El hecho de que sean gerentes o directivos no importa, incluso aunque hayan demostrado supuestamente su “idoneidad” para ser nombrados gerentes de un Hospital. Cobrar su responsabilidad, sí la cobran, pero no se les puede exigir que conozcan las leyes, según los Tribunales. Otro disparate nacional más del resultado de la Transición española: la partidocracia.

Un dato muy importante a tener en cuenta es el siguiente: si quien resuelve la adjudicación de un contrato queda libre del delito de prevaricación, ninguno de los que han participado en los procedimientos de contratación pueden ser condenados por dicho delito. Aquí está la trampa urdida por los partidos para que sus cargos queden impunes, y no se ven a los jueces o sus asociaciones evidenciar los fallos del delito de la prevaricación y poner el dedo en la llaga (si lo hacen, ya saben que los comisarios de los partidos en el CGPJ pueden influir en los nombramientos de los jueces en cargos importantes de los Tribunales).

A los Tribunales no les importó que los gerentes no actuasen con la exigible cautela para asegurar que los expedientes cumplían con la legislación de contratos, y más teniendo en cuenta que los interventores habían informado anteriormente cada año sobre las graves ilegalidades cometidas en los contratos, como se acreditó en la causa judicial. Por eso, los partidos están muy tranquilos y permiten que los gerentes de hospitales puedan ser unos ignorantes sobre materias que deberían conocer cuando solicitan y acceden a ser directivos.

Además, los partidos gobernantes en Andalucía han nombrado y siguen nombrando médicos como gerentes de los Hospitales, que gastan cientos de millones de euros en contratos, a los que no les exigen responsabilidades por sus acciones y omisiones, ni siquiera administrativas o contables, a sabiendas de que quedarán impunes siempre del delito de prevaricación dolosa, firmen los contratos que firmen. Y dicha impunidad es aprovechada por los partidos para vender que no existe corrupción en el SAS. Así consiguen los partidos una imagen impoluta ante los ciudadanos, gobierne quien gobierne. Por cierto, no es necesario que los gerentes de los Hospitales sean médicos, porque para eso ya cuentan con Directores y Subdirectores Médicos.

Otro dato a tener en cuenta: en el temario de oposiciones al SAS de los médicos, aprobado por los cargos del partido de turno, no hay un solo apartado sobre legislación de contratos, aunque luego en los Hospitales forman parte de Comisiones y ocupan cargos que les obliga a conocerla. Y esto ocurre a pesar de ser el SAS el organismo público que más gasta con diferencia en contratos o conciertos en la Junta de Andalucía. Eso sí, no falta en los temarios de oposiciones de los médicos leyes como la de Régimen Jurídico del Personal, Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, Protección de Datos, Prevención de Riesgos Laborales, Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, Violencia de Género, etc.

Por otro lado, es importante resaltar que, aunque un Tribunal de Justicia no aprecie la comisión de algún delito en los contratos y conciertos, no significa que no haya corrupción, dado que su concepto integra cualquier abuso de poder o ilegalidad cometida por cualquier cargo público o privado. Hay también infracciones administrativas (incumplimientos de lo dispuesto en la Ley), calificadas como leves, graves y muy graves, pero quienes deben aplicarla suelen ser los implicados en el caso o quienes tienen interés en taparlo todo para no manchar al partido gobernante que los nombró. Por todo ello, los partidos dan por finalizado cualquier caso de corrupción por el simple hecho de que un Tribunal no aprecie delito, como si la gravedad de los hechos dependiera únicamente de esa apreciación, y encima con una Justicia dependiente del gobierno de turno. Y lo grave es que muchos medios de comunicación compran el discurso a los partidos, ocultan la realidad y así lo difunden, estafando a los hipnotizados españoles.

El delito de prevaricación y los directivos del SAS

La jurisdicción penal juega siempre a favor de los gobernantes en España en los casos de corrupción por los siguientes motivos, entre otros:

1º) Al no haber separación de los poderes Legislativo y Ejecutivo (sólo hay unidad de poder con división de funciones), quienes legislan realmente en España son los gobiernos, es decir, los partidos. Por tanto, la redacción y aprobación de las infracciones penales, las penas, los procedimientos, los motivos por los que deben rebajarse las penas, los indultos, etcétera, quedan al arbitrio de quienes serán el objeto de las investigaciones penales cuando se denuncien sus casos de corrupción. Es decir, los potenciales corruptos -lo son desde el momento que tienen acceso a poderes exorbitantes en los gobiernos- son los que legislan en España. ¿Qué puede salir mal?

Curiosamente, los “expertos criminalistas” buscados por los partidos son los máximos defensores del “principio de intervención mínima” del Derecho penal, que se posicionan contra lo que denominan peyorativamente la “represión penal máxima”. Y esto ha alcanzado las mayores cotas en los delitos contra la Administración Pública: prevaricación, fraude en las contrataciones, cohecho, malversación, tráfico de influencias, etc. ¡Qué bien se lo han montado los partidos! Lo grave es que haya una mayoría de españoles que perpetúen esta impunidad y desvergüenza ratificando listas elaboradas por los partidos. ¿Tan sectarios son o tan ciegos están?

De hecho, los partidos han convertido el Código penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal en un traje a su medida. Por poner un ejemplo concreto, eliminaron del Código Penal la infracción de la “prevaricación culposa”, con el fin de evitar que la mayoría de los cargos públicos fueran condenados por negligencia o ignorancia inexcusable, infracción que sí han dejado para los jueces cuando la negligencia es grave.

Dicho delito de “prevaricación culposa”, existente antes de la reforma de 1995, establecía que sería castigado con la inhabilitación especial “el funcionario público que dictare, por negligencia o ignorancia inexcusable, resolución manifiestamente injusta en asunto administrativo”. En el Derecho Penal, el concepto de funcionario incluye a autoridades y directivos.

Con la eliminación de dicha infracción penal, los partidos allanaron el camino para nombrar como altos cargos y directivos a cualquier indocumentado, estando a salvo de ser condenados la mayoría de ellos. ¿Se comprende mejor ahora por qué los partidos se nutren de tantos “ninis”, inútiles, ineptos y sumisos?

2º) El problema anterior se agrava al no tener la nación o pueblo español representantes en el poder Legislativo (los diputados sólo representan a las cúpulas de los partidos que los eligieron de candidatos), de forma que los partidos legislan para su propio beneficio sin que existan mecanismos efectivos para que el pueblo pueda evitarlo (como la revocación de la elección del diputado de distrito por los electores del mismo) y obligue a los diputados a legislar para nuestro propio beneficio (mandato imperativo, muy útil para prevenir la corrupción política).

Un ejemplo claro lo tenemos no sólo con las infracciones penales que aprueban, sino también con las penas previstas en el Código Penal. Si observan, sólo se castiga la inmensa mayoría de las “infracciones penales contra la Administración” con la inhabilitación especial, es decir, que el condenado no podría trabajar en el organismo en el que cometió el delito durante un tiempo, pero sí en otros organismos públicos. Salvo en algún supuesto muy aislado, no se castiga nunca con la inhabilitación absoluta (no podría trabajar en ninguna institución pública durante un tiempo), y ni siquiera se ha previsto que sea permanente (expulsión del corrupto de lo público para siempre). ¿Hay algún español que no esté de acuerdo en imponer la pena de la inhabilitación absoluta, y además permanente, para cualquier cargo público que cometa un abuso de poder o corrupción en las instituciones públicas? Salvo los corruptos, dudo que alguien con integridad defienda que un corrupto condenado por corrupción en una institución pública pueda volver a ocupar un cargo público en su vida.

3º) La Justicia es dependiente del gobierno, por lo que el control de los Tribunales es limitado, especialmente si se trata de corrupción política, como ha quedado acreditado desde 1978. Para colmo, el Tribunal Constitucional es un tribunal político, que puede anular sentencias de los Tribunales de Justicia.

Por tanto, está claro que, en una partidocracia como la instituida en España en 1978, los españoles no pueden esperar una lucha eficaz contra la corrupción política, voten a quien voten. Además, la batalla eficaz es con la causa, no con sus efectos. ¿O acaso algún español espera curar una enfermedad tratando síntomas?

Fachada de la Audiencia Provincial de Granada, secciones de lo Penal

Veamos qué han dicho el Juzgado de Instrucción 4 y la Audiencia Provincial de Granada, sobre el delito de prevaricación y la condición de médicos de los gerentes implicados.

Estas son frases extraídas del Auto del Juzgado nº 4 de Granada, de fecha 16 de diciembre de 2022:

  • “…difícilmente podía tener conciencia de la comisión de ilegalidad alguna al dictar la resolución que dictó y menos siendo lego en la materia por ser médico de profesión.”
  • “El hecho de conocer si se podía o no prorrogar el contrato hasta en tres ocasiones era una cuestión técnico-jurídica que no podía conocer el gerente Sr. Suárez por su profesión de médico…”.
  • “…Se trata de cuestiones técnico-jurídicas que no podía conocer el investigado por su profesión de médico por mucho que ostentase el cargo de Director Gerente del Hospital Universitario Virgen de las Nieves…”.
  • “…la gerencia no es un órgano fiscalizador ni de control invocando la profesión de médico de familia…”.

Y estas del Auto de la Audiencia Provincial de Granada, de fecha 9 de Abril de 2024:

  • “Máxime cuando se trata de médicos de profesión, sin ningún tipo de conocimiento jurídico y que confían en que el procedimiento seleccionado para la adjudicación es el ajustado a la norma.”

Atención a esto último, porque afirma la Audiencia que los gerentes “confían” en el procedimiento, aunque se había probado que existían numerosas ilegalidades en los contratos, tal como lo habían manifestado reiteradamente los Interventores en sus Informes de años anteriores y en los informes que continuamente iban realizando sobre muestras de contratos. Como dice el Tribunal Supremo, “quien se pone en situación de ignorancia deliberada o mejor de consciente desconocimiento, sin querer saber aquello que puede y debe saber, está asumiendo todas las consecuencias del ilícito actuar en que voluntariamente participa”. Esta doctrina del TS sobre la “ignorancia deliberada” no la aplica la Audiencia Provincial de Granada cuando se trata de corrupción en la Junta de Andalucía.

  • “Además, el objeto del contrato (publicidad/información), no forma parte de la actividad habitual de contratación en un Hospital, lo que afecta al discernimiento de los propios médicos directores del Hospital”.

Es decir, según la Audiencia Provincial, aunque el gerente decidiese que el Hospital contase con una publicación para hacer propaganda de lo que hacían (siempre en positivo, para lavar la imagen del partido gobernante sobre la Sanidad pública), no formaba parte de su discernimiento porque no era habitual un contrato así.

  • “En relación al señor José Expósito, por entonces director gerente del Hospital Universitario Virgen de las Nieves, médico de profesión, difícilmente se le puede exigir un conocimiento detallado de la numerosa normativa administrativa en la materia…”.
  • “No puede exigirse a este médico que conociera si debía seguirse el cuadro resumen del Anexo del contrato o la aplicación de la Disposición Quinta…”.

Ya ven: ser gerente de un hospital y médico de profesión es un plus para facilitar la corrupción en los contratos del SAS, dada la impunidad que conlleva gracias a la legislación aprobada por los partidos (Código Penal, por ejemplo). ¿Qué más pruebas necesitan los españoles para abrir los ojos y convencerse de lo dañina que es la partidocracia instituida en 1978?  

Para terminar según el citado Auto del Juzgado de Instrucción 4, Martín Germán Blanco García, director económico-administrativo y de servicios generales en el HUVN, al prestar declaración en calidad de investigado, manifestó que “…el cargo de gerente del Hospital es un puesto de libre designación que recae normalmente, aunque no es lo deseable, en un médico de profesión, persona lega en materia jurídica…”. Resulta muy irónico que lo dijese quien estuvo implicado en el caso en cuestión y que el Juzgado declarara prescrito el presunto delito tras solicitar su “imputación” (la citada asociación solicitó que fuera investigado igualmente a la luz de las pruebas practicadas), y que, siendo Viceconsejero de Salud, nada hizo para evitar que los gerentes de los Hospitales no fuesen médicos o profesionales ignorantes en materia de contratación.

ARTÍCULOS PUBLICADOS SOBRE PARTE DE LAS INVESTIGACIONES Y ACTUACIONES DE LA ASOCIACIÓN JUSTICIA POR LA SANIDAD EN MATERIA DE CONTRATOS Y CONCIERTOS DEL SAS Y CONSEJERÍA DE SALUD:

Subastas de medicamentos, Eurocontrol y opacidad (15/01/2019, EL DEMÓCRATA LIBERAL).

El PP se olvida del caso de corrupción que denunció en el Parlamento (09/04/2019, EL DEMÓCRATA LIBERAL).

Corrupción en la Sanidad andaluza, patrocinado por el Parlamento, Gobiernos de la Junta y la Justicia, 1ª parte (04/11/2019, EL DEMÓCRATA LIBERAL).

El PSOE andaluz creó un sistema opaco para el “descontrol” del gasto sanitario que el nuevo Gobierno mantiene, 2ª parte (05/11/2019, EL DEMÓCRATA LIBERAL).

La UDEF denuncia graves ilegalidades en contrato del HUVN con la empresa de Juan Pérez, vinculado a Martín Blanco, 3ª parte (06/11/2019, EL DEMÓCRATA LIBERAL).

El escandaloso caso de la querella que afecta a la actual Ministra de Hacienda en funciones y al ex Gerente del SAS, 4ª parte (07/11/2019, EL DEMÓCRATA LIBERAL).

La Cámara de Cuentas, con la complicidad de los partidos, evita investigar la corrupción en Granada (12/11/2019, EL DEMÓCRATA LIBERAL).

El SAS oculta información relevante para investigar la corrupción(13/01/2020, EL DEMÓCRATA LIBERAL).

El Gobierno del PP y Cs se sumerge en un océano de ilegalidades (20/01/2020, EL DEMÓCRATA LIBERAL).

La Consejería de Salud y el SAS se niegan a emitir unos certificados que podrían acreditar una presunta falsedad (26/02/2020, EL LIBRE).

El SAS concertó indebidamente servicios sanitarios con el Hospital del Consorcio Sanitario Público del Aljarafe por más de 10 millones de euros (09/03/2020, EL LIBRE).

Justicia por la Sanidad presenta una querella contra el SAS y la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios (27/04/2020, EL LIBRE).

La Audiencia Provincial de Granada resuelve a favor de Justicia por la Sanidad(07/05/2020, EL LIBRE).

Un nuevo Auto de la Audiencia Provincial de Granada revela negligencias en otro Juzgado de la capital (12/05/2020, EL LIBRE).

El Gobierno andaluz del PP y Cs no colabora con la Justicia (16/09/2020, EL LIBRE).

La Junta de Andalucía desvió mascarillas adjudicadas para protección de profesionales sanitarios, pagadas con Fondos FEDER, a personas mayores (24/02/2021, EL LIBRE).

La Administración andaluza del PP y Cs evita colaborar con la justicia en la lucha contra la corrupción del PSOE (10/06/2021, EL LIBRE).

El Consejo de Transparencia ordena al SAS y a la Intervención General que entregue a Justicia por la Sanidad documentos solicitados sobre control de gasto sanitario(10/06/2021, EL LIBRE).

El SAS incumple la ley al negarse a entregar los informes de control de legalidad de expedientes de gasto público del Hospital Virgen de las Nieves y del Clínico (16/09/2021, EL LIBRE).

Justicia por la Sanidad descubre graves irregularidades en numerosos contratos del SAS con empresas, que fueron advertidas por funcionarios (21/02/2022, EL LIBRE).

La Junta de Andalucía tiene la obligación de exigir responsabilidades y denunciar a la Fiscalía las graves ilegalidades puestas de manifiesto por los interventores en sus informes (23/02/2022, EL LIBRE).

El gobierno del PP y Cs impone en Andalucía un control político previo a la firma de informes de control elaborados por funcionarios interventores (25/02/2022, EL LIBRE).

El Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la IGAE ve posibles indicios de delito en un contrato de emergencia del Servicio Andaluz de Salud (17/04/2023, EL LIBRE).

La Intervención detecta graves y reiteradas ilegalidades en los expedientes de contratos y otros gastos del SAS del año 2020 (24/05/2023, EL LIBRE).

La asociación Justicia por la Sanidad descubre más corrupción del SAS en conciertos con hospitales de ASISA, Cruz Roja y Orden de San Juan de Dios (15/11/2023, EL LIBRE).

La Intervención General de la Junta de Andalucía agrava la corrupción del SAS con las demoras en la finalización de sus informes de control (07/01/2024, EL LIBRE).

Un informe especial de la Intervención General pone en jaque al SAS por los contratos de emergencia de 2020 (01/05/2024, EL LIBRE).


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