Director de la OAAF
Francisco de Paula Sánchez Zamorano, Director de la OAAF

La OAAF evita investigar al SAS sobre un posible fraude o corrupción en las nóminas de su personal

Actualizado 30/07/2026 22:25

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La Oficina Andaluza Antifraude (OAAF) ha resuelto el pasado 5 de junio la denuncia presentada por la asociación Justicia por la Sanidad, manifestando que la existencia de un control horario y su eventual repercusiones retributivas «no ha podido» ser abordada más allá de las afirmaciones que realiza el propio órgano investigado, el Servicio Andaluz de Salud (SAS).

Aunque en la denuncia presentada por la asociación Justicia por la Sanidad en 2023 se acreditaba la inexistencia de mecanismos de control horario (picaje de entrada y salida de los trabajadores), la OAAF ha resuelto la denuncia sin investigar materialmente ni inspeccionar si existe o no dicho mecanismo, como el utilizado por todos los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía (aplicación CRONO), y sin comprobar si hay o no fraude o corrupción en las nóminas de los más de 100.000 empleados del SAS.

En este artículo se tratan los hechos denunciados a la Oficina Andaluza Antifraude (OAAF) en noviembre de 2023 por la asociación Justicia por la Sanidad, en una denuncia muy elaborada de 45 páginas (ampliada en diciembre de 2023 con más hechos y fundamentos de derecho), con numerosas pruebas documentales que los acreditaban. Algunos de los hechos denunciados ya se trataron en el artículo anterior titulado «La Oficina Antifraude ha confirmado la corrupción masiva del SAS«.

La OAAF, dirigida por el Magistrado Francisco de Paula Sánchez Zamorano se encuentra adscrita al Parlamento andaluz, que preside Ana Mestre García.

La citada asociación denunció la ausencia de sistemas o mecanismos de control horario en el SAS que puedan acreditar la realización efectiva de las jornadas, mediante algún sistema de picaje, tanto de su personal estatutario (sanitario y no sanitario) como del personal funcionario y laboral de sus Servicios Centrales (SSCC), lo cual facilita el fraude o corrupción en las nóminas de dicho personal, con miles de millones de euros en juego cada año.

Dicho fraude o corrupción beneficia tanto al SAS (pago de menos horas de las efectivamente realizadas y con conceptos retributivos que no responden a la realidad) como al personal (pago de nóminas sin poder acreditarse la efectiva realización de la jornada con sistemas de picaje de entrada y salida).

Igualmente denunció que posiblemente se estén pagando productividades por determinados centros sanitarios y directivos (se desconoce si otros complementos también) al personal estatutario que está desempeñando su trabajo ilegalmente en otros centros de trabajo distintos, como los SSCC del SAS.

En la denuncia de la asociación se recordaba lo manifestado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su Sentencia de 14 de mayo de 2019, en el asunto C-55/18. Al igual que hacía en sus conclusiones de 31 de enero de 2019 el Abogado General, «sin un sistema de registro no es posible determinar objetivamente y de manera fiable el número de horas extraordinarias realizadas por el trabajador ni su distribución en el tiempo, como tampoco el número de horas realizadas por encima de la jornada ordinaria de trabajo que puedan considerarse extraordinarias, resultando extremadamente difícil, cuando no imposible en la práctica, que los trabajadores logren que se respeten los derechos que les confieren el artículo 31 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Directiva 2003/88.

Señala también la sentencia que “la calificación de horas «extraordinarias» presupone que se conozca, y por lo tanto que se haya computado de antemano, la duración de la jornada laboral efectiva de cada trabajador afectado.

Asimismo, dicha sentencia del TJUE es clara al señalar en su apartado 62 que “la implantación de un sistema objetivo, fiable y accesible que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador forma parte de la obligación general que incumbe a los Estados miembros y a los empresarios…. Además, tal sistema es necesario para permitir que los representantes de los trabajadores que tengan una función específica en materia de protección de la seguridad y salud de los trabajadores ejerzan su derecho…”.

Con relación a esta sentencia del TJUE, la OAAF ha mirado para otro lado, y ni siquiera la ha mencionado.

» ¿A quiénes representan los sindicatos? «

Mientras tanto, los supuestos representantes de los trabajadores (sindicatos presentes en la Mesa Sectorial de negociación de Sanidad) deben estar contando nubes, porque ninguno, repito, ninguno ha llevado esta cuestión del picaje del personal estatutario a dichas Mesas para evitar posibles abusos por parte del SAS con relación a las horas efectivamente realizadas por el personal. ¿A quiénes representan y defienden dichos sindicatos? ¿A la patronal -Junta de Andalucía- o al personal estatutario?

La citada asociación también señaló en su denuncia a la OAAF, «como posible periodo y objeto de la investigación«, las nóminas pagadas desde el 1 de enero de 2018 hasta la actualidad a todo el personal directivo y cargos intermedios de los centros sanitarios y directivos de la provincia de Granada (incluidos todos los Distritos de Atención Primaria), en las que podrían aparecen guardias que no pueden acreditarse como efectivamente realizadas, y del personal médico de los puntos de urgencias de Atención Primaria de Granada (pueden ser alrededor de 40 puntos), pues tenía informaciones que apuntaban a que se les pudiera haber pagado guardias en dichas nóminas cuyo número superaban los topes previamente establecidos, además de no poder ser acreditadas con algún sistema de control de horarios.

En este artículo de 2023 se exponían los hechos denunciados: «El SAS gasta 6.398 millones de euros en las nóminas de su personal sin tener ningún sistema de control que acredite la realización efectiva de sus jornadas ordinarias o extraordinarias«. Les recomiendo leer las opiniones al artículo y, muy especialmente, las respuestas.

Al final del presente artículo se relacionan todos los artículos publicados desde 2023 por este diario con relación a la denuncia de la asociación y a la OAAF.

Extracto de la Resolución de la OAAF

La escandalosa investigación realizada por la OAAF que el Parlamento andaluz no controla debidamente

En su Resolución, la OAAF indica que «resulta, por tanto, patente que la cuestión objeto de investigación, la existencia de un control horario y su eventual repercusiones retributivas, no ha podido ser abordada más allá de la afirmación por parte del Organismo en cuestión de la existencia del control horario a través del sistema GERHONTE. Sin embargo, la parte relativa a las hipotéticas repercusiones retributivas denunciadas, es decir, el control de la efectiva prestación del servicio que justifica el abono de las correspondientes retribuciones, difícilmente pueden ser objeto de análisis por esta Oficina del examen aislado del documento remitido denominado “Anexo 4. Relación guardias retribuido a personal directivo y cargo intermedio Granada 2019-2023”; que, si no es mal entendido, lo que refleja es la retribución regular de los servicios, pero no acredita aquella realización efectiva cuyo defecto es el objeto nuclear de la denuncia. En definitiva, verificar la regularidad de los correspondientes abonos exige la comprobación documental y material de la efectiva ejecución del servicio consignado en dicho documento. Verificación que excede de las capacidades de esta Oficina y que debe ser asumida por el Organismo en cuestión

Sin embargo, en la denuncia se mencionaba también al «personal médico de los puntos de urgencias de Atención Primaria de Granada» que, curiosamente, la OAAF ha marginado en la investigación.

De hecho, en base a lo anterior, la OAAF termina su Resolución con este ACUERDO:

«Trasladar al Servicio Andaluz de Salud la denuncia objeto del presente procedimiento a fin de que verifique la ejecución material de los servicios retribuidos a los que se refiere el Anexo 4. Relación guardias retribuido a personal directivo y cargo intermedio Granada 2019-2023 e informe a esta Oficina de las conclusiones obtenidas en el plazo de seis meses desde la notificación de esta resolución».

No le pide la OAAF al SAS que le remita los documentos en los que se supone basará dichas conclusiones, sino sólo las conclusiones, otorgando plena confianza a lo que diga el órgano supuestamente investigado. ¡Típico abuso de poder! ¿Se imaginan a un Tribunal de Justicia que no pidiera ninguna de las pruebas documentales solicitadas por la parte acusadora y dictara su auto o sentencia según lo que dijera el investigado o acusado? Algo similar ha ocurrido.

Tengan presente que los funcionarios de la OAAF tienen atribuido el ejercicio de funciones de inspección, para el esclarecimiento de los hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o corrupción, y acceder debidamente, acreditando la condición de autoridad, a cualquier dependencia de las administraciones públicas, instituciones, órganos, entidades y personas físicas y jurídicas privadas, incluidos en el artículo 3 de la Ley 2/2021, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, aun cuando éstas no tuvieran la condición de personas investigadas, al no atribuírseles la comisión de hechos constitutivos de fraude o corrupción, pero pudieran contribuir al esclarecimiento de los mismos (artículo 18 de dicha Ley 2/2021).

Extracto del Acuerdo del Director de la OAAF en la Resolución de la denuncia.

Es decir, que la OAAF ha evitado comprobar el objeto nuclear de la denuncia, que no era otro que comprobar materialmente si existía algún sistema de picaje que acreditara que las nóminas responden a la realidad de las horas trabajadas y a los conceptos retributivos utilizados, y afirma que debe ser el órgano investigado -SAS- el que asuma dicha labor, pero sólo para los cargos intermedios y directivos de Granada.

Para colmo, en su Resolución, la OAAF ni siquiera ha mencionado lo denunciado sobre la ausencia de mecanismos de control horario (picaje) en los SSCC del SAS desde que se creó dicha agencia administrativa en los años 80 del siglo pasado, con el conocimiento y beneplácito de los sindicatos, a pesar de que toda la Administración General de la Junta de Andalucía tenía dichos mecanismos en funcionamiento.

Curiosa y causalmente, dicho mecanismo de control horario (aplicación CRONO) se ha puesto en marcha en julio de 2026 en los SSCC del SAS, incluyendo al personal estatutario y directivo adscrito ilegalmente en dichos SSCC que cobran por sus centros sanitarios y directivos de origen (más de 400 estatutarios y directivos sobre cuya ilegalidad los sindicatos no han denunciado nada), tal como se acreditó en el anterior artículo, mientras que el resto de personal estatutario sigue sin registrar las entradas y salidas en los centros sanitarios y directivos, una discriminación laboral permitida por el Parlamento andaluz (mayoría de PP y Vox, el gobierno andaluz (PP y Vox) y los sindicatos.

Por tanto, ¿qué utilidad tiene la OAAF, salvo no investigar ni comprobar todo lo denunciado y resolver la denuncia diciéndole al SAS que compruebe lo que paga en las nóminas de su personal? ¿Para esta inutilidad se gasta el dinero público?

La Ley 2/2021, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía, que regula la OAAF y el procedimiento de investigación e inspección, establece en su artículo 2) qué se entiende por fraude y corrupción:

a) Fraude: aquella actuación intencionada de engaño para obtener ganancias o beneficios ilegítimos, para sí o para terceras personas, mediante el uso o destino ilegal o irregular de fondos o patrimonios públicos.

b) Corrupción: abuso de poder para obtener ganancias o beneficios ilegítimos, para sí o para terceras personas, mediante el uso o destino ilegal o irregular de fondos o patrimonios públicos

Sin embargo, la OAAF no ha comprobado materialmente si ha habido fraude o corrupción en el pago de las nóminas del personal del SAS, a pesar de exponer en la denuncia de la asociación lo siguiente, literalmente:

«Precisamente, esa Oficina Antifraude ha podido constatar la inexistencia de dichos sistemas de control de los horarios en el SAS, como lo acredita su Resolución de Traslado de la Dirección de la Oficina Antifraude, de fecha 11 de julio de 2023 (Expediente D-02-2022-4-21). Esta denuncia del representante del sindicato CGT del Hospital de Osuna del SAS contó con el asesoramiento y seguimiento de esta asociación, que pudo comprobar cómo el SAS pagaba las nóminas a un empleado (que ha tenido que ser cesado del cargo de directivo que ocupaba en dicho hospital) con complementos por actividades extraordinarias que el SAS no podía acreditar, tal como expuso esa Oficina Antifraude en dicha resolución.

Cuando esa Oficina recibió las alegaciones del SAS intentando salvar la responsabilidad de su directivo denunciado, señaló en la resolución del caso que dichas alegaciones “no desvirtúan el contenido de los hechos descritos…en tanto, no ha quedado acreditada la realización efectiva, picajes, u otros sistemas de acreditación de la jornada nocturna, festiva o a turnos, y en consecuencia, aparentemente se aprecian indicios de posible infracción en materia de personal”instando al SAS a estudiar el modo de restituir el cobro de retribuciones indebidas, en su caso.

Esta asociación sospecha, y diversas fuentes anónimas lo confirman, que no se trata de un hecho aislado, y que está mucho más generalizado de lo que pueda parecer. Esta asociación no dispone de los necesarios documentos probatorios, que esa Oficina sí podría obtener. Creemos muy necesario investigar la magnitud real de este posible fraude.»

Sin embargo, en la reciente Resolución de la OAAF, nada se dice respecto a no quedar acreditada la realización efectiva, picajes, u otros sistemas de acreditación de la jornada, un silencio que convierte a la OAAF en un órgano estéril. Limitar la investigación a lo que informe el SAS convierte a la OAAF en un órgano ineficaz e ineficiente, además de una tomadura de pelo a los andaluces.

De hecho, entre las pruebas solicitadas a la OAAF por la asociación para su práctica, se indicaron las siguientes:

a) Copias de las nóminas pagadas, desde el 1 de enero de 2018 hasta la actualidad, a los 444 estatutarios que desempeñan sus tareas en los SSCC del SAS, a extraer de GERHONTE.

b) Copias de las nóminas pagadas, desde el 1 de enero de 2018 hasta la actualidad, a todo el personal directivo y cargos intermedios de los centros sanitarios y directivos de la provincia de Granada, incluidos todos los Distritos de Atención Primaria, a extraer de GERHONTE.

c) Copias de las nóminas pagadas, desde el 1 de enero de 2018 hasta la actualidad, al personal médico de los puntos de urgencias de Atención Primaria de Granada (pueden ser alrededor de 40), a extraer de GERHONTE.

d) Sistema empleado por la Intervención del SAS y la Intervención General de la Junta de Andalucía para fiscalizar las nóminas de los empleados del SAS sin la existencia de un sistema de control de los horarios de los empleados del SAS que pudieran acreditar si efectivamente se realizaban las jornadas ordinarias y extraordinarias o desempeñaban las tareas para cobrar las productividades que reflejan sus nóminas.

e) Informes de los Interventores, Inspectores de los Servicios Sanitarios e Inspectores Generales de Servicios, desde el 1 de enero de 2015 (o anteriores, en su caso), que hubieran puesto de manifiesto la ausencia de sistemas de control de los horarios en los centros de trabajo del SAS, incluido sus SSCC, sin los cuales no se podía acreditar la realización efectiva de las jornadas de sus empleados.

f) Expedientes de reintegro resueltos en el SAS, desde el 1 de enero de 2018, por incumplimiento de la jornada ordinaria o extraordinaria a empleados del SAS, en los que se acreditase con algún sistema de control de los horarios, la no realización efectiva de las jornadas por los empleados afectados.

Sin embargo, la OAAF tampoco indica nada sobre estas pruebas documentales en su Resolución de junio de 2026. ¿Qué ha investigado y comprobado? ¿Se ha limitado a leer la mera opinión del órgano investigado, el SAS, para resolver la denuncia?

Como decía en el anterior artículo, gastarse tantos fondos públicos para que la OAAF recomiende a otro órgano (SAS) que cumpla con el ordenamiento jurídico resulta grotesco e indignante para cualquier ciudadano sensato y con un mínimo de ética.

Esto no es más que otro efecto del corrupto régimen partidocrático o «Estado de partidos» instituido en España en 1978, que carece de los requisitos esenciales que exige una democracia como forma de gobierno: representación de la nación o pueblo español en el poder Legislativo mediante diputados de distrito (como en Francia, Inglaterra y Estados Unidos), separación de los poderes Legislativo y Ejecutivo con elecciones diferenciadas, y una Justicia independiente. A pesar de ello, la mayoría de los españoles sigue aceptando y legitimando tan corrupto régimen, causa de los graves problemas que padecemos. Les debe agradar más formar parte de la servidumbre del poder que el deseo de ser libres.

Por último, se relacionan los artículos publicados en este diario sobre los hechos denunciados y la inutilidad de la costosa OAAF en la lucha contra la corrupción política:

23.10.2023: Adscripciones ilegales de personal en el SAS, y Moreno Bonilla mira para otro lado (primera parte) 

24.10.2023: Corrupción en el SAS con datos oficiales, mientras Moreno Bonilla y Catalina García cuentan milongas (segunda parte) 

02.11.2023: El SAS gasta 6.398 millones de euros en las nóminas de su personal sin tener ningún sistema de control que acredite la realización efectiva de sus jornadas ordinarias y extraordinarias 

11.12.2023: La asociación Justicia por la Sanidad ha presentado otra denuncia a la OAAF que implica al Consejo de Gobierno andaluz

17.03.2024: La Oficina Antifraude de Andalucía (OAAF), ¿otro fraude para amparar la corrupción política?

14.11.2024: Otro demoledor informe de la Intervención General confirma las graves ilegalidades del SAS

01.10.2025: La Oficina Antifraude protege al PP andaluz con una denuncia paralizada desde 2023

24.02.2026: La desvergüenza se adueña de la Oficina Andaluza Antifraude

01.07.2026: La Oficina Antifraude ha confirmado la corrupción masiva del SAS

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Imagen de Luis Escribano del Vando
Luis Escribano del Vando
Químico industrial, funcionario del Cuerpo Superior Facultativo en el Servicio Andaluz de Salud, presidente de la asociación Justicia por la Sanidad // @13mescribano // Facebook de Luis Escribano

Un comentario

  1. Formidable articulo,como siempre haces. La OAAF desde su inicio es un organo ‘al servicio» del politico de turno. La OAAF jamas hara nada en contra del SAS, y prueba de ello, es la resolucion tomada, y aqui recordada, de los pagos (entre otros motivos) realizadoa de forma fraudulenta al directivo de Osuna. Quien realizo dicho escrito fue fulminada al dia siguiente y en su lugar pusieron «otra» q nada mas entrar empezo a darle la vuelta a dicho expediente, hasta q lo consiguio. Aun asi el SAS y vistas las pruebas presentadas destituyo al directivo. Por experiencia la AOOF es un camelo, una mentira y solo sirve para entretener y NUNCA resolver problemas. Para muestra el boton q se denuncia «el personal del SAS no tiene control de horario» ¿tan dificil es ir a cualquier hospital y ver como una auxiliar de enfermeria o una enfermera sale siempree unos 15 minutos mas tarde al tener q darle el cambio a quien entra? UFFFF Q DIFICIL ES PARA LA AOOF. Eso significan millones al cabo de un año, millones q roban a.los trabajadores y q NADIE hace nada.

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