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Un quirófano del Hospital Universitario Virgen del Rocío. / HUVR

Salud

La nula efectividad de los decretos de garantía de tiempos de respuesta asistencial en el SAS

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Tras la declaración a nivel nacional del estado de alarma en marzo del 2020, en la Comunidad de Andalucía se publicó una orden por la que se adoptaban medidas preventivas de salud pública como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus. Una de estas medidas, en materia sanitaria, hace referencia a los decretos de garantía de respuesta asistencial dejándolos sin efecto provisionalmente hasta el momento en que se normalice la actual situación epidemiológica

Nuestros gobernantes anuncian a bombo y platillo que Andalucía está lista para recibir a millones de turistas, pero la realidad es otra bien distinta, sobre todo para los pacientes que llevan meses en espera de ser atendidos y que no pueden protestar al seguir suspendidos dichos decretos. Durante este año de pandemia, aún y cuando se ha paralizado o disminuido de forma significativa la programación habitual en los hospitales, han seguido derivando pacientes a los centros sanitarios privados concertados y han aplicado las disposiciones recogidas en los decretos de garantías. Esto es, si los pacientes han rechazado ser operados en el centro privado o han querido aplazar su intervención por miedo a contraer la covid durante su ingreso, les han dejado sin garantía y, lo que es más grave, les han dado de baja de la lista de espera.

Si esos decretos están sin efecto, la administración sanitaria no puede utilizarlos a su conveniencia. De hacerlo, se podría entender la intención que conlleva que no es otra que la de depurar la lista de espera quirúrgica. Con esta forma de proceder, están demostrando una vez más el desprecio a esos pacientes que han acatado con resignación las recomendaciones dadas para evitar contagios.

Nuestros derechos sanitarios

En circunstancias normales, el rechazo a ser operado en un centro privado o el deseo de aplazar la intervención sin causa justificada darían lugar a la pérdida de la garantía o a ser dado de baja en lista de espera, pero aún no hemos llegado a esa normalidad, puesto que esos decretos de garantías, como ya he dicho, a día de hoy siguen sin efecto. Habrá pacientes que hayan aceptado operarse en la privada o en su hospital, pero a esos otros que en su momento rechazaron o querían aplazar su intervención (no por capricho sino por miedo a la covid, algo razonable por las miles de vidas que se ha cobrado a su paso), como mal menor y puesto que no pueden hacer uso de lo establecido en esos decretos porque están suspendidos provisionalmente, podrían haberles hecho una suspensión temporal en lista de espera con tal de que no siguieran computando más días.

Causa de fuerza mayor

Hay diversas circunstancias justificativas para demorar una intervención, entre ellas, la de fuerza mayor ( Art.7.2.e de la Orden de 25 de septiembre del 2002), «circunstancia por la que se podrá demorar una intervención el tiempo que dure el suceso o tarde en desaparecer la causa que impide la comparecencia». ¿Y qué circunstancia mayor que la de existir una pandemia de por medio? Todos aquellos pacientes que estaban en lista de espera para una intervención quirúrgica y que han llamado, en el año que llevamos de pandemia, para ofertarles la operación en un centro privado o en su hospital y lo han rechazado deberían llamar a Salud Responde -955545060- para saber en qué situación se encuentran y, de sentirse perjudicados, formular reclamación en su hospital exigiendo permanecer en lista de espera en la misma situación en la que se encontraban desde la fecha en la que fueron incluidos, ya que no pueden actuar conforme lo dispuesto en los decretos de garantías hasta que no los hagan efectivos de nuevo.


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