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Natalia Márquez García, directora general de Recursos Humanos y Función Pública de la Junta de Andalucía, en una imagen de archivo. / HBN

Empleo, Política, Tribunales

El SAF exige la dimisión de Natalia Márquez por las convocatorias exprés y por volver a proponer un nuevo procedimiento de emergencia

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Tras la cancelación y cese de las plazas del personal interino contratado a través de diversas convocatorias rápidas por haber sido sentenciadas judicialmente como inconstitucionales, la directora general de Recursos Humanos y Función Pública de la Junta de Andalucía propuso el pasado 10 de febrero un borrador para el establecimiento de un nuevo procedimiento de emergencia para la selección de personal interino

El pasado lunes se publicó en el BOJA la Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se procede a la cancelación de las inscripciones practicadas en el Registro General de Personal correspondientes al personal funcionario interino, cuya selección se realizó a través de convocatorias públicas, en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19, que han sido declaradas nulas por sentencias judiciales.

Ante la avalancha de sentencias judiciales, la directora general no ha tenido otra opción que dictar una nueva resolución en la que acuerda la cancelación de las inscripciones practicadas en el Registro General de Personal correspondientes al nombramiento, toma de posesión y cese en el puesto de trabajo. Esto afecta a un total de 21 cuerpos y a cientos de personas que, por haber sido nombrados en base a un procedimiento ilegal, verán ahora cómo estos datos serán eliminados de los registros de la Junta de Andalucía.

Un cúmulo de despropósitos

En abril de 2020, en plena primera ola de la COVID, la Dirección General de Función Pública comunicó su intención de articular un procedimiento de emergencia para la selección de personal interino. Pese a comprender la gravedad de la situación, varios sindicatos observaron con asombro, en aquel momento, la intención de la Administración de establecer como único mérito para la selección de personal interino el orden de llegada de los correos electrónicos de los solicitantes.

Ante este sinsentido, el 7 de abril de 2020 el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) remitió a la Dirección General de Función Pública alegaciones sobre el contenido del borrador de resolución, en las que advertía de su inconstitucionalidad. La directora general, Natalia Márquez, optó por hacer oídos sordos y procedió a aprobar la que, a la postre, ha sido tristemente famosa Resolución de 14 de abril de 2020 de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se establecieron las bases que articulaban el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19.

El SAF, tal y como había anunciado, recurrió judicialmente numerosas convocatorias realizadas al amparo de esta resolución al considerar que se conculcaban flagrantemente derechos fundamentales regulados en los artículos 14 y 23.2 de la Constitución.

Pésima gestión

Esta pésima gestión dio lugar, además, a que aquellas personas que tuvieron la suerte de ser nombradas como personal interino gracias al temprano envío de un email, una vez cesadas, pasaran a formar parte del Colectivo 3 de la Bolsa de Personal Funcionario Interino. Es decir, el mero hecho de haber trabajado unos pocos meses gracias al único mérito de solicitarlo por email les daba preferencia en nuevos llamamientos frente aquellas personas que habían superado ejercicios de oposición pero no habían obtenido plaza fija (Colectivos 4 y 5).

«Pese al tremendo revolcón judicial, Márquez parece empeñada en tropezar por segunda vez con la misma piedra. El pasado 10 de febrero nos presentó en la Mesa Sectorial un borrador para el establecimiento de un nuevo procedimiento de emergencia para la selección de personal interino. Sorprende que, siendo la situación de la pandemia diametralmente opuesta a la de abril de 2020, la Sra. Márquez se plantee ahora establecer un procedimiento excepcional con el fin declarado de «seguir prestando todos los servicios públicos, con especial atención a los esenciales y, además, gestionar los fondos para la recuperación económica». Con su actual redacción, la excepción podría convertirse en norma y este «procedimiento de emergencia» podría servir como herramienta para saltarse la mayor parte de los controles legales y constitucionales de acceso a la condición de personal interino», ponen de relieve desde el SAF.

Motivos para el relevo

En conclusión, el Sindicato Andaluz de Funcionarios considera que la gestión de la Función Pública andaluza «merece estar dirigida por personas capaces que cuenten con unas mínimas cualidades y competencias«. «Estamos convencidos de que la pésima gestión llevada a cabo en los procedimientos de emergencia para la selección de personal interino suponen un motivo más que suficiente para que se produzca un relevo al frente de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública», apostillan.

Por su parte, el consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, Elías Bendodo, del que depende la Dirección General de Función Pública y Recursos Humanos, dijo ayer, ante una pregunta de EL LIBRE sobre este asunto, que «este gobierno hace todo lo posible por cumplir la ley y cumplimos la ley a rajatabla y, además, respetamos las sentencias judiciales y las acatamos».


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Un comentario

  1. María José Gutiérrez Romero

    Todo ésto está muy bien, pero la gente de la segunda convocatoria del grupo A1, 1100, Administradores Generales, Técnicos en Prevención de Riesgos Laborales, contínuan en la Bolsa de Funcionarios Interinos, y todos trabajando, mientras que a los de la Primera Convocatoria nos echaron de la Bolsa.

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