España ha firmado este martes el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Públicos, convirtiéndose así en el vigésimo país en hacerlo. Pero falta todavía su ratificación definitiva por parte de España y de otros muchos países, según ha informado el Consejo de Europa. El texto tiene limitaciones en cuanto a la transparencia, ya que el artículo 3 permite la denegación del acceso a las comunicaciones oficiales con la Familia Real, la Casa Real o el Jefe de Estado
El encargado de firmar en nombre del Gobierno ha sido el representante permanente ante el Consejo de Europa, Manuel Montobbio, mientras que, por parte del organismo paneuropeo, lo ha hecho el secretario general adjunto, Bjorn Berge.
El documento, también conocido como Convenio de Tromso por la ciudad noruega en el que se inició su firma, es el primer instrumento legal internacional de carácter vinculante que reconoce el derecho de acceso a documentos oficiales en posesión de las autoridades públicas. En él se fijan una serie de garantías básicas respecto al derecho de acceso a estos documentos.
El tratado está en vigor desde el 1 de diciembre de 2020 tras la ratificación de 10 estados miembros del Consejo de Europa –Bosnia, Estonia, Finlandia, Hungría, Lituania, Moldavia, Montenegro, Noruega, Suecia y Ucrania– a los que en 2021 se ha sumado también Islandia. Llama la atención la ausencia en esta lista de países de primer nivel como Alemania, Francia o Italia.
Entre los 20 países que lo han firmado, pero por ahora no lo han ratificado, como España, están Bélgica, Eslovenia, Armenia, Azerbaiyán y Georgia, entre otros.
«Esencial para la transparencia»
«El derecho a acceder a documentos oficiales de las autoridades públicas es esencial para la transparencia, la buena gobernanza, la libertad de expresión y la democracia participativa y facilita el ejercicio de otros derechos humanos y libertades fundamentales», ha resaltado el Consejo de Europa.
Además de permitir a los ciudadanos «formarse una opinión sobre el estado de la sociedad en la que viven y las autoridades que la gobiernan», «es también muy importante» para la libertad y la independencia de la prensa y los periodistas, a los que garantiza «el acceso a información y documentos oficiales para poder informar a la población».
Según el texto del convenio, el ciudadano puede acceder a documentos oficiales públicos (originales o copias, según el caso) de forma gratuita. «Se podrá cobrar unos honorarios al solicitante por una copia del documento oficial, siempre que sean razonables y no excedan los costes reales de la reproducción y de la entrega del documento. Las tarifas deberán estar publicadas», pone de relieve el documento internacional.
«Principio de igualdad»
Las peticiones para acceder a los documentos públicos «deberán ser atendidas en base al principio de igualdad«. Una petición de acceso a un documento oficial será atendida «con prontitud». La decisión deberá ser resuelta, comunicada y ejecutada «tan pronto como sea posible o dentro de un límite de tiempo razonable que ha sido especificado de antemano».
Sin embargo, el texto nace con limitaciones preocupantes que reducen la transparencia de los países. Dice así el artículo 3 del convenio: «Los Estados interesados, a la hora de la firma o al depositar su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, mediante una declaración enviada al Secretario General del Consejo de Europa, pueden declarar que las comunicaciones oficiales con la Familia Real y su Casa Real o el Jefe de Estado también están incluidas entre las posibles limitaciones«.
Además, debe crearse un grupo de especialistas, que puede solicitar información y opiniones a la sociedad civil. Estará formado por un mínimo de 10 miembros y un máximo de 15 miembros. Los miembros serán elegidos por el Consejo de Consulta de las partes del convenio por un período de cuatro años, reelegibles una vez, de una lista de expertos en la que cada Estado propone a dos expertos.
Personas «de alta integridad»
Serán elegidos «entre personas de alta integridad y de reconocida competencia en el campo del acceso a los documentos públicos». Un máximo de un miembro puede ser elegido de la lista propuesta por cada parte del convenio. Los integrantes del grupo de especialistas actuarán «según su capacidad individual, serán independientes e imparciales en el ejercicio de sus funciones y no recibirán ningunas instrucciones de los gobiernos«, reza en el convenio.
El procedimiento de la elección de los miembros del grupo de especialistas será determinado por el Consejo de Ministros, después de consultar y obtener el consentimiento unánime de las partes del convenio en el período de un año desde que entre en vigor el mismo. El grupo de expertos adoptará sus propias reglas de actuación.
Ya solo falta que el Gobierno de Pedro Sánchez ratifique cuanto antes este convenio para que se convierta en una herramienta más para que la transparencia prevalezca en la relación entre políticos y ciudadanos.
Pueden consultar el contenido completo del convenio, a continuación:
acceso_informacion_desarrollos_convenio_consejo_europeo
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