Todas las asociaciones españolas de TES se levantan en pie de guerra contra la Federación Nacional de Empresarios de Ambulancias (ANEA) y UGT, que han preparado un principio de convenio estatal que «incumple unos mínimos que garanticen la profesionalización del personal sanitario»
La Ley General de Sanidad da respuesta al primer requerimiento constitucional, reconociendo «el derecho a obtener las prestaciones del sistema sanitario a todos los ciudadanos y a los residentes en España». Asimismo, la Ley 16/2003 de 28 de mayo de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud establece acciones de coordinación y cooperación de las Administraciones Públicas sanitarias estatales y autonómicas «como medio para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud y el acceso a las prestaciones sanitarias en condiciones de igualdad efectiva en todo el territorio español».
En resumen, que la atención al ciudadano responda a unas garantías básicas y comunes, independientemente del territorio español donde se encuentre o resida, sea público o subcontratado. Es por ello que los convenios que regulan la actividad de los Técnicos de Emergencias Sanitarias (TES) deben adquirir «una perspectiva enfocada al derecho a la protección de la salud y a las leyes que lo regulan, y no de trasporte, que obvia la dimensión sanitaria asistencial», según la Federación Nacional de Técnicos de Emergencias Sanitarias (Fentes).
Esta organización y otras 14 más, entre las que se encuentra Emergencias Sanitarias Granada Andalucía (Emersan), denuncian la inminente firma del nuevo convenio estatal por parte de la Federación Nacional de Empresarios de Ambulancias (ANEA) y UGT, que vuelve a menospreciar y ningunear las funciones sanitarias que puede realizar un TES.
«Son innumerables los puntos del preacuerdo que incumplen unos mínimos que garanticen la profesionalización del personal sanitario, y unas condiciones laborales y técnico-sanitarias adecuadas», denuncian las asociaciones españolas de TES.
Por otro lado, la ley 44/2003 de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, tiene por finalidad dotar al sistema sanitario de un marco legal que haga posible la mayor integración de los profesionales en el servicio sanitario, en lo preventivo y en lo asistencial, tanto en su vertiente pública como en la privada y que regula a los profesionales del área sanitaria de formación profesional acorde a su titulación, su nivel formativo y las normas reguladoras de la formación profesional. Pues bien, esta ley incluye al TES en virtud del Real Decreto 1397/2007, estableciendo su titulación oficial desde el año 2007.
«El fraude de disfrazar en varias categorías como es la de TES a conductores, TES camilleros ayudantes, etcétera, no es acorde a esta ley ni a la perspectiva asistencial de calidad. Un TES es un TES, al igual que un policía es un policía, y los Técnicos en Emergencias Sanitarias tienen amplias competencias que no deben ser mutiladas por intereses económicos soterrados«, sentencian desde el sector afectado.
Creación de la categoría de TES única
El Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera, en su artículo 2, clasifica los vehículos asistenciales en:
2.1 Ambulancias de clase B, destinadas a proporcionar soporte vital básico y atención sanitaria inicial.
2.2 Ambulancias de clase C, destinadas a proporcionar soporte vital avanzado. «Esto es atención sanitaria, un servicio esencial a la comunidad como ha quedado meridianamente demostrado en la crisis sanitaria de la Covid-19«, añaden desde el gremio.
«Es urgente que la administración pública deje de mirar a otro lado, tutelando y garantizando la atención sanitaria, transporte y coordinación de urgencias, emergencias y transporte programado, avalando la calidad y la equidad en todos los servicios de salud, no permitiendo subastas temerarias encubiertas, ni condiciones profesionales que hagan peligrar parte de la atención extrahospitalaria de nuestro Sistema Nacional de Salud», ponen de relieve todas las asociaciones de Técnicos de Emergencias Sanitarias.
Es un escenario de conflicto y movilizaciones del colectivo del transporte sanitario, urgencias y emergencias en todo el territorio español, que demanda soluciones urgentes, no pudiendo dejar algo tan importante «a voluntad de la patronal y un único sindicato, por muy legítimos que se proclamen, ya que con la salud de los ciudadanos y los profesionales sanitarios no se juega«.
«Que sea retirado y revisado»
«Pedimos que ese preacuerdo sea retirado y revisado acorde a la evolución de la asistencia sanitaria extrahospitalaria y se dignifique a los profesionales como personal sanitario, profesionalizando el trasporte sanitario y sus condiciones laborales. Estamos frontalmente opuestos a gran parte del contenido de ese preacuerdo», apostillan en un comunicado conjunto las siguientes asociaciones: Técnicos de Enfermería, Emergencias, Sanitarios y Sociosanitarios (Aetesys); Plataforma Independiente C1; Asociación Oficial de Técnicos en Emergencias Sanitarias (Aotes); Asociación de Técnicos en Emergencias Sanitarias de Castilla-La Mancha (Atescam); Emergencias Sanitaras Granada Andalucía (Emersan); Asociación de Técnicos en Emergencias de Canarias (Atescan); Asociación de TES de Aragón (Atetransa); Unión de Técnicos en Emergencias de Navarra (Utesna): Sociedad Española de Técnicos en Emergencias I+D (Setesid); Técnicos en Emergencias de Galicia (Tesgalicia); Asociación Gallega de Técnicos en Emergencias (Asgate); Asociación de TES de La Rioja (Uteslar); Asociación Profesional de TES de Euskadi (Eustes); Sociedad Española de TES (Setes); y Fentes.
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