El jurado popular del juicio celebrado en la Audiencia de Sevilla contra el exdirector de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) Fernando Villén y la exdirectora económica financiera de la entidad Ana Valls, por los pagos en clubes de alterne con tarjetas bancarias de la citada entidad pública, perteneciente a la Junta de Andalucía; ha declarado por unanimidad que Villén es «culpable de una continuada disposición ilícita de fondos públicos» para gastos en prostíbulos y de «falsear» la contabilidad de la entidad, «con la colaboración» de Valls, para «simular las devoluciones» del dinero público empleado
Así ha sucedido en la Audiencia, después de que en la primera jornada del juicio, Fernando Villén reconociese que había usado su tarjeta de empresa de la Faffe para pagar gastos en prostíbulos, 32.566 euros más al detalle.
No obstante, Villén defendía que siempre fue consciente de que debía «devolver» a la Faffe el dinero de todos aquellos usos «indebidos» de la tarjeta para gastos «injustificables» en próstíbulos, extremo que según sus palabras hizo «siempre», con la «reposición del gasto» de la tarjeta aportando su propio dinero para ello, según sus palabras.
La exdirectora financiera de la entidad, Ana Valls, manifestaba que, antes de que estas prácticas trascendiesen a los medios de comunicación, no sabía «nada» de tales gastos, asegurando que sintió «un gran bochorno» al igual que el resto de la plantilla de la Faffe.
Pero según el fiscal Fernando Soto, delegado en Sevilla de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, durante el juicio ha quedado probado que el exdirector de la Faffe «no ha devuelto esas cantidades»; reprochándole además que haya «callado con quien gastó esos más de 32.000 euros» de dinero público en clubes de alterne, en alusión a qué «alto, medio o bajo cargo (de la Administración) o empresarios» le habrían acompañado en aquellas incursiones a locales como Don Ángelo, Top Show Girls, La Casita o la Sala Delux.
«Sin que haya devuelto el dinero»
En este marco, el jurado popular, tras detallar cada una de las «operativas» de gasto abordadas, precisando que 25.277 euros de los mencionados 32.566 euros de la Faffe objeto del juicio fueron gastados en el club Don Ángelo de Sevilla capital, ha declarado probado, por unanimidad, que Villén gastó dicha cuantía de los fondos de la entidad pública que dirigía «para su lucro personal, sin que haya devuelto» el dinero.
Según el jurado popular, Villén «nunca tuvo la voluntad» de devolver a la Faffe el dinero gastado en prostíbulos con cargo a su tarjeta de empresa, pues «no consta» la devolución desde sus cuentas bancarias ni «documentación justificativa que acredite» las devoluciones en metálico aludidas por Villén en la caja de la entidad pública que dirigía.
También ha declarado probado, por unanimidad, que Fernando Villén y Ana Valls, «de común acuerdo», «simularon supuestas devoluciones» del dinero gastado por el primero en los citados prostíbulos, exponiendo que el entonces director de la Faffe contó con la «colaboración y aquiescencia» de la entonces directora financiera, para «falsear apuntes contables» en la entidad, al objeto de «simular devoluciones» del dinero gastado por Villén en prostíbulos con cargo a su tarjeta de empresa, a través de aspectos como «gastos ficticios» en dietas «simuladas», porque de las mismas no constan «facturas o tiques».
Los 14.737 euros en el Club Don Ángelo
En su veredicto, el jurado popular ha abordado aspectos como los 14.737 euros cargados con la tarjeta de la Faffe de Villén la noche del 22 al 23 de marzo en 15 pagos consecutivos en el club Don Ángelo, así como la posterior anulación de tales pagos bajo la premisa de que la tarjeta tenía un tope máximo de 3.000 euros al día; y la encomienda a chófer oficial de Villén para que entregase al dueño del club un sobre con los 14.737 euros para saldar la deuda.
Sobre tales hechos, el jurado popular ha declarado probado, por unanimidad, que ambos acusados acordaron «no contabilizar» dicho gasto en las cuentas de la Faffe para «mantener ocultos» los hechos, considerando que el cobro por parte de Valls de dos cheques por un valor global de 6.300 euros de las cuentas de la Faffe, «el mismo día» del pago en metálico al dueño del club Don Ángelo estuvo destinado a «paliar parcialmente» dicho gasto en el local.
El jurado popular ha abordado igualmente la factura por 2.000 euros que figura en las cuentas de la Faffe por un supuesto almuerzo en la caseta de la Feria de Sevilla de UGT en 2008, considerado por unanimidad probado que, del coste total de 2.514 euros atribuido a dicho evento, «sólo constan abonados» 514 euros por transferencia bancaria al socio del responsable de la caseta, rememorando que este último testificó en el juicio que la Faffe no le pagó nada y que a él le pagaba UGT; pesando en paralelo una «liquidación por caja» de 2.000 euros gastados en el club Don Ángelo.
«Simulación de ingresos»
Además, el jurado popular ha señalado un gasto de 2.591 euros en el local de alterne Top Show Girls con la tarjeta de la Faffe de Villén, así como la «simulación de un supuesto ingreso» en la caja de la entidad para cubrir dicha cuantía, considerando por unanimidad probado que tal ingreso sería «ficticio» porque carece de documentación acreditativa.
El jurado popular ha declarado igualmente probado, por unanimidad, que, de una «devolución parcial» anotada en las cuentas de la Faffe respecto a 1.391 euros gastados en el club La Casita con la tarjeta de la Faffe de Villén, no consta «documentación contable del supuesto abono» en la caja.
Así, el jurado popular ha declarado a Villén «culpable de una disposición continuada de fondos públicos» para gastos en prostíbulos y de «falsear» con la «colaboración» de Valls los apuntes contables de la Faffe para «simular devoluciones» que cubriesen estos gastos; declarando a esta última igualmente «culpable» de dicho «falseamiento» contable y de la «disposición ilícita» de 6.300 euros de los mencionados dos cheques conectados con el pago parcial de la deuda con el club Don Ángelo.
El fiscal sube su petición de cárcel para Ana Valls
Ante ello, el fiscal Fernando Soto ha mantenido su petición de seis años de cárcel, seis años de inhabilitación especial y una multa de 7.200 euros para Fernando Villén, como cooperador de un delito continuado de malversación en concurso ideal medial con un delito de falsedad documental; mientras en el caso de Ana valls, ha elevado su petición de cuatro años de cárcel a cuatro años y medio de prisión, más cuatro años de inhabilitación especial y una multa de 6.000 euros para Ana Valls, como cooperadora necesaria.
La defensa de Villén ha pedido, ante ello, la pena mínima posible para el mismo, mientras la defensa de Ana Valls ha solicitado que la condena a su patrocinada se reduzca a dos años y medio de prisión.
Al finalizar la lectura del veredicto, cuyo objeto superaba las 20 páginas, la juez Mercedes Alaya, presidenta del tribunal e instructora inicial de la macrocausa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos financiados con cargo a la Junta de Andalucía, ha reconocido expresamente el «esfuerzo ímprobo y sobrehumano» demostrado por el jurado popular en este juicio, según recoge Europa Press.
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