En un diario de tirada provincial, el doctor Antonio Fernández Pérez, vicepresidente del sindicato médico de Granada, en un artículo titulado Las responsabilidades de los sanitarios… y de los otros, hace una clamorosa y urgente petición de responsabilidades por la pésima gestión de esta crisis sanitaria y una denuncia de las pésimas condiciones en las que el personal sanitario se está viendo obligado a desarrollar su labor, careciendo de los más elementales medios de protección
Como primera providencia, me adhiero total e incondicionalmente a dicha petición a la vez que rindo mi particular homenaje a dicho colectivo cuyos miembros, sin haberlo querido, se han convertido en nuestros héroes y en nuestros ángeles sin alas. Pero ese camino está lleno de obstáculos y tampoco va a resultar fácil.
Exige que se abran los correspondientes expedientes disciplinarios para sustanciar las responsabilidades a las que hubiera lugar que, como las meigas, haberlas haylas. Pero para que eso sea posible, previamente deben estar tipificadas las conductas a investigar y fijadas las correspondientes sanciones aplicables en función de la gravedad de los hechos.
Hablamos de lo que los juristas llaman principio de tipicidad, que deriva directamente del principio de legalidad, uno de los soportes básicos de una democracia. Una lectura rápida al Reglamento del Congreso de los Diputados del 10 de febrero de 1982 nos pone de manifiesto que, cuando regula la disciplina parlamentaria, sólo se refiere a cuestiones procedimentales internas por lo que, a mi parecer, hay que descartar esta vía.
Otro camino sería que actuara el órgano judicial competente y que se iniciaran los oportunos mecanismos procedimentales a fin de clarificar y exigir las responsabilidades que, en su caso, se pudieran derivar de las actuaciones de las autoridades responsables de esta nefasta gestión. Aquí nos encontraremos en el pantanoso y movedizo terreno de las prerrogativas como son la inviolabilidad, la inmunidad, los aforamientos, el suplicatorio y no me parece que este sea el debate.
La señora Dolores Delgado, quien no hace mucho fuera ministra de Justicia, da la impresión de que esté recuperando fuerzas en el Caribe
Tampoco tenemos que olvidarnos de quién es la actual fiscal general del Estado, la señora Dolores Delgado, quien no hace mucho fuera ministra de Justicia y que da la impresión de que esté recuperando fuerzas en el Caribe, ya que no se la ve por ningún medio en estos días, pero que, sin duda alguna, reaparecerá en el ruedo ibérico para emitir las oportunas instrucciones para obstaculizar al máximo dicha tarea y ordenando, en última instancia, el archivo de las actuaciones.
Si los ciudadanos nos hemos tragado ese sapo es que tendremos que tragarnos sabe Dios cuántos más y mayores aún. Esta sería la vertiente penal del tema que dejaremos en manos de los expertos y que, sin duda, se plantearán y que nosotros estaremos atentos a su recorrido.
Pero hay otro mecanismo para exigir responsabilidades que nos atañe a los ciudadanos y que intentaré exponer brevemente y que es el de la rendición de cuentas en las democracias. Una de las características esenciales de la representación democrática es que está basada en elecciones que sirven para garantizar que los actos de gobierno se hagan en interés de los representados, teniendo que rendir cuentas por ello.
El poder proviene del pueblo
La elección sería el vínculo que conecta al representante con el representado, surgiendo así la representación, que es un concepto muy controvertido y el mecanismo adecuado para hacer efectiva la soberanía popular. El poder proviene del pueblo, que es quien tiene la potestad de gobernarse a sí y de autorizar a quien vaya a ejercer la autoridad.
Esa relación que se establece entre representante y representado se puede entender de varios modos, pero quizás la que goza de mayor predicamento sea la que considera que el centro de la relación se sitúa en las promesas anunciadas en la elección. El vínculo se concibe como una agencia en el que el votante aprueba un programa de futuro y, si no hay cumplimiento, la sanción sería el cambio de voto a otro partido.
¿Qué aspectos se someten a esa rendición de cuentas? Pues las decisiones que han tomado los representes, su competencia o si se ha cumplido la legalidad.
Podemos definir la exigencia de responsabilidad como una relación en la que A rinde cuentas ante B cuando A está obligado a informar a B sobre sus acciones y decisiones, justificarlas y sufrir una sanción en el caso de mala conducta; se trata de reducir la arbitrariedad de los gobernantes, prevenir sus abusos, controlarlos y generar transparencia.
Movilización social
Existe otro control no electoral que es el que realizan los ciudadanos mediante la movilización social y a través de los medios de comunicación que denuncian los actos del gobierno que consideran inadecuados, siempre que no estén al servicio del poder, claro está.
Pero lo que los ciudadanos tenemos en cuenta a la hora de depositar el voto no son los resultados de la gestión sino cuestiones como la afinidad ideológica. Se hace necesario mejorar la calidad de la representación y eso pasa por facilitar el acceso a la información de los ciudadanos, proporcionando información independiente, pero también ofrecer instrumentos para castigar o premiar la adopción de decisiones concretas de tal modo que las elecciones serían condición necesaria pero no suficiente para la exigencia de responsabilidad.
ConstitucionCASTELLANOPor su parte, el artículo 67 de la Constitución Española, en línea con lo habitual en las democracias representativas, recuerda que los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo.
Esto quiere decir que nadie puede dar instrucciones concretas a sus representantes sobre qué votar o qué decidir en cada caso concreto. Pueden decidirlo libremente. Los representantes con su debate, deliberación y votación, contribuyen a configurar la voluntad nacional, pero no en función de los concretos intereses de sus electores y, menos aún, en calidad de mandatarios, sino como miembros del Parlamento Nacional, auténtica expresión de la nueva soberanía.
En estos tiempos en los que tanto se habla de la necesidad de modificar la Constitución, quizás sería conveniente plantearse la posibilidad de introducir en nuestro ordenamiento la figura de la revocación del mandato a un gobernante previamente elegido por los ciudadanos, lo que a su vez obligaría a otras modificaciones más profundas. Habría que explorar con tranquilidad esta posibilidad que existe en muchas Constituciones de otros países.
Es una idea que tenía que incluirla en las proximas elecciones. ?????