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residencias de mayores

Una trabajadora ayuda a una persona mayor en una residencia.

Cartas al director

La necesidad de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de las residencias de mayores

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Solicitamos la modificación el Decreto 111/92 que regula los ratios de personal, por ser obsoleta e insuficiente

Sería necesaria una ley estatal de mínimos que sea más realista con los baremos, completándose estos ratios en presencias por turnos contemplando la realidad. Es decir, el personal activo que esté trabajando ese día realizando el 100% de sus funciones y su jornada completa en atención directa, sacando de este cómputo las reducciones de jornada por conciliaciones (que no son sustituidas) y las jornadas partidas y los puestos de supervisoras, coordinadoras, gobernantas o puestos de confianza por encima del personal de primera línea sin contar a las que, por orden jerárquico contratadas como auxiliares, no hacen dichas funciones al 100%,.

Asimismo, hay que ser realista con los baremos para que los usuarios accedan a una plaza pública. Se tiene que cumplir el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, donde se encuadran el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que estén incluidas en títulos de Formación Profesional y/o en certificados de profesionalidad, desapareciendo el concepto de gerocultoras al no estar encuadrado en dicho Real Decreto, quedando obsoleto por la exigencia del gobierno para estas empresas de tener personal titulado.

Que correspondan para cada TCAE en cuidados cuatro residentes, que el trabajo se realice en pareja para que así sean un total de ocho y exista sectorización de los residentes según sus edades y patologías. E introducir en esa ley estatal los nuevos modelos de residencias.

Retribuciones, licencias, conciliación y jornada laboral

Hay que profesionalizar el sector equiparando los sueldos a los del sector sanitario y Geriatría debería ser una parte más de la sanidad. Hay convenios diferentes en cada comunidad autónoma y hay que establecer un consenso de mínimos con un Pacto de Estado. Se debe cumplir el convenio económico y la reducción de la jornada anual. El máximo de jornada anual establecido por convenio estatal no permite tener unos descansos saludables para las trabajadoras que tienen un sobreesfuerzo debido a que trabajan seis días seguidos a tope e igual solo descansan uno o dos días.

Las retribuciones deben ser acordes a su categoría profesional, que no es la de gerocultora sino las de técnicos C1. Queremos la desaparición de este término, inexistente en este siglo, máxime cuando te exigen tener titulación mínima de grado medio. El objetivo es que, en su jubilación, puedan cotizar por lo que les corresponde, no por una categoría que no es cualificada. Se deberá abonar la nocturnidad contemplada, en ese convenio.

Funciones

Hay que limitar las funciones de las mismas actualizadas a la realidad actual, si una técnica está sirviendo comida es tiempo que no utiliza en su función de dar de comer o controlar a los residentes. Esa función corresponde a camareras y, sobre todo, las funciones a realizar en base al tipo de titulación que tienen, quitando el sanitario de estos centros sociales. Esto hace que se genere intrusismo profesional.

Y, sobre todo, debe haber un control de las funciones de los llamados enfermeros y médicos, los cuales, en muchos casos, no tienen el MIR o no están colegiados. Estos centros son sociales no sanitarios, por eso no se puede realizar ninguna labor sanitaria ni ser exigida por las empresas. Las empresas buscan TCAE y devalúan el título y funciones, dándonos contratos laborales como gericultores.

Formación

El personal debe tener la preparación adecuada, para atender a las personas mayores que son dependientes y tener y la formación en Técnicos de Cuidados Auxiliares de Enfermería (actualmente, la titulación solamente la tienen las personas que trabajan en las residencias públicas). El personal de atención directa debe tener una titulación de grado medio de técnico de cuidados, ya que puede sufrir daños al levantar a una persona dependiente. Las personas que dirijan a los operarios (directores, jatas…) deben proceder del sector sanitario.

Otras reivindicaciones

Se tiene que cumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y de Riesgos Biológicos. Se debe trabajar en parejas para evitar lesiones tanto para los usuarios como para los trabajadores al coger a una persona debido al exceso de peso. Una ley de transparencia que regule las inspecciones en los centros y fiscalice que se respeten los derechos laborales de los trabajadores. Que las empresas que se presentan a las licitaciones tengan el conocimiento exacto de los costes laborales para poder ofrecer el mejor servicio y más control en las contrataciones, las cuales deben estar especificadas en las evaluaciones de riesgo que todo el personal debe tener en su poder.

Movimiento Social Unión Ciudadana por la Mejora en las Residencias (UCMR)


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2 comentarios

  1. Alicia

    Totalmente de acuerdo. Las residencias se han convertido en servicios sociales de primera necesidad y las leyes que regulan el régimen laboral de sus trabajadores deben de actualizarse. Es increíble cómo impera en este país «desarrollado» la explotación de los trabajadores. Estamos hablando de un trabajo muy delicado a la vez que difícil. Nuestros mayores son lo primero.

  2. Miriam

    Totalmente de acuerdo.
    Las condiciones laborales son claramente abusivas y lejos de mejorarlas se trata en muchas ocasiones de » implementar» funciones a un personal ya asfixiado. Se contrata gente sin experiencia y en muchos muchos casos sin ni siquiera la más básica formación ya que la gente válida huye de las residencias por sus condiciones laborales de trabajo y horario abusivos y salarios vergonzosos todo redunda en un servicio pésimo al usuario.
    Esto no es nuevo y sólo se maquila con mejoras de convenio que siempre dejan sueldos lindando en SMI y condiciones que creo que sólo se pueden comparar a la de las Kellys. En resumidas patético.

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