Hospital Universitario Clínico San Cecilio

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Corrupción, Opinión, Salud, Tribunales

Un juzgado de Granada destaca en una sentencia la irresponsabilidad de dos cargos directivos del Hospital Universitario Clínico San Cecilio

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En la sentencia nº 177/2023, de 26 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Granada, se manifiesta como una irresponsabilidad lo actuado por las entonces Directoras y Subdirectora Económica del citado Hospital, Mónica Arenas y Raquel Sánchez, indicando literalmente “que debería de ser investigado por el SAS en el correspondiente expediente”.

Tanto Mónica Arenas López como Raquel Sánchez del Pino presentaron al personal de una unidad del citado Hospital, como “Jefa de Sección”, a una administrativa que carecía de nombramiento, es decir, la designaron “a dedo” como Jefa. Para colmo, no cumplía siquiera los requisitos legales para desempeñar dicho puesto.

La funcionaria administrativa afectada reclamó las retribuciones complementarias correspondientes al puesto que desempeñó de hecho como Jefa de Sección, pero el Director Gerente del Hospital Universitario Clínico San Cecilio, Manuel Enrique Reyes Nadal, resolvió en mayo de 2022 desestimar dicha solicitud sobre reconocimiento a percibir las retribuciones complementarias correspondientes al puesto de Jefe de Sección Administrativo por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 28 de diciembre de 2021.

Según la sentencia, Mónica Arenas negó que ella dijera que la administrativa era la Jefa de Sección, indicando el Magistrado literalmente “…pero ello es negado con total claridad por uno de los testigos presenciales de la reunión en la que bajó con la Subdirectora económica para presentarla como tal”.

Igualmente manifiesta que, “valorando la prueba practicada, el juzgador advierte que todos los testigos, a excepción de D.ª Mónica Arenas López, Técnica de función Administrativa y Jefa del Servicio de la Unidad Técnica del Hospital Clínico San Cecilio, en aquel momento Directora económica, reconocen que la actora desempeñaba las mismas funciones que la anterior Jefa de Sección”. Asimismo, indica que “ha quedado probado que la recurrente, a pesar de ser Administrativa del grupo C1 de titulación, desempeñó las funciones propias de Jefa de Sección, puesto reservado a funcionarios del grupo A1 o A2”.

El Magistrado revela en la sentencia que “lo cierto es que la recurrente desempeñó las funciones de Jefa de Sección, con independencia de que en el acto de la vista se le cuestione. Incluso llama poderosamente la atención que hasta evaluó al personal en el año 2021 a efectos del CPR, lo que es admitido por la propia D.ª Mónica Arenas López y por el letrado del SAS”.

Con relación a Raquel Sánchez, la Subdirectora Económica, en varios correos electrónicos que envió a distintas personas mencionaba a dicha administrativa como “Jefa de Nóminas” o “Jefa de Sección de Nóminas”, aunque ni siquiera existía un puesto con esa denominación.

Esta última fue premiada con un ascenso por el entonces Director Gerente del SAS y hoy Viceconsejero de Salud y Consumo, Miguel Ángel Guzmán Ruiz, al nombrarla Directora Económica Administrativa y de Servicios Generales en el mismo hospital, como lo acredita el BOJA de 13-11-2020.

Dice la sentencia que “es cierto que la ausencia de RPT dificulta las tareas pero la irresponsabilidad de D.ª Mónica Arenas López y, en su caso de D.ª Raquel Sánchez, Directora y Subdirectora Económica, respectivamente, de presentar a la recurrente como “jefa” provocó que esta fuese reconocida como tal por el personal, que realmente desempeñara tales funciones, independientemente de que aquellas no ostentaban atribución legal para conferir tal nombramiento, lo que debería de ser investigado por el SAS en el correspondiente expediente” (la negrilla es mía).

¿Ha incoado el SAS dicho expediente? ¿Seguirán en sus puestos directivos a pesar de quedar demostrada su absoluta incompetencia en materia de personal y haber actuado torcidamente en Derecho?

La sentencia acaba dando la razón parcialmente a la administrativa recurrente, que había solicitado cobrar los complementos como Jefa de Sección, a lo cual accede el Magistrado, pero al no cumplir los requisitos de titulación, se disminuye la cuantía en función del grupo de titulación al que pertenece (C1). Literalmente, la sentencia expresa lo siguiente:

“En virtud de lo anterior, y sin perjuicio de la eventual responsabilidad en que hayan podido incurrir D.ª Mónica Arenas López y, en su caso de D.ª Raquel Sánchez, Directora y Subdirectora Económica, respectivamente, por identificar a la recurrente como “Jefa de Sección”, lo que ha tenido claros efectos en el seno de la organización y del personal, debe de prosperar parcialmente la pretensión de la actora” (la negrilla es mía).

No es la primera vez que ocurre en el SAS el hecho de presentar a determinadas personas en cargos sin tener nombramiento alguno. Ya pasó con el directivo cesado en el Hospital de Osuna, que firmaba como “Jefe de Personal” sin tener ningún nombramiento como tal. En los mismos Servicios Centrales del SAS también se hace, como ocurrió con dos Subdirectoras en 2020 siendo Director Gerente del SAS Miguel Ángel Guzmán Ruiz, tal como denunció la asociación Justicia por la Sanidad y fue publicado en este diario.

Recientemente ha vuelto a ocurrir con la Subdirección de Gestión Sanitaria de los Servicios Centrales del SAS, habiendo sido presentada una estatutaria como nueva Subdirectora, cuando dicho puesto ha sido convocado por el Director Gerente del SAS, Diego Agustín Vargas Ortega, en el BOJA del pasado 17 de noviembre, sin haber finalizado el plazo de presentación de solicitudes. Es decir, en palabras del TSJA, en su sentencia de 01-02-1999, que anuló por desviación de poder una orden del entonces consejero de Cultura y Medio Ambiente, “efectivamente existía un candidato predeterminado al puesto y que la Convocatoria era pura falacia para encubrir dicho nombramiento”.


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4 comentarios

  1. María Luisa galvez

    Esto no para y sigue y sigue y sigue,que pena que se le abran los ojos a la justicia y se den cuenta de toda la corrupción que hay en la sanidad pública,nuestra sanidad la del pueblo y las cosas se hagan como es debido,legalmente

  2. Antonio Algaba

    Soy administrativo C1 en urgencias de un hospital de Jaén para el SAS y me parece una vergüenza que dicho SAS no disponga de los controles de alerta y revisión como así lo tienen los funcionarios del resto de las consejerías de la Junta de Andalucía, administración pública, asuntos sociales, economía, etc. Esto ocurre en el Sas y otras cosas más graves. El enchufismo y el despilfarro está a la orden del día con escasos o nulos controles, los ascensos y las mejorías de puestos de trabajo a dedo, o incluso la introducción de personas en las bolsas de empleo en puestos avanzados sin tener los requisitos o la baremación correcta.

  3. Es práctica habitual en el SAS desde hace muchos años, muchos y las sentencias son las mismas así que ¿porqué pleitea el SAS? Es un signo más del comportamiento contra el sentido común con que afronta ese organismo los problemas que el mismo crea. Emcabrona a sus trabajadores y …nada más ¡que no es poco!, pero les sirve para manipular a su antojo.

  4. Esa forma de gestionar la lleva practicando el SAS desde hace muchos años y tiene la desvergüenza de que haya que reclamar vía judicial con los mismos resultados. Son torpes pues además enfadan a sus trabajadoras

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