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Rocío Blanco.

La consejera de Empleo, Rocío Blanco.

Empleo

La Consejería de Empleo que dirige Rocío Blanco se burla de nuevo de la Ley y del Consejo de Transparencia

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Tras la publicación en este diario el pasado 18 de febrero de una noticia sobre las ilegalidades cometidas por la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, que dirige Rocío Blanco Eguren (Ciudadanos), que constituyen un claro abuso de derecho hacia una ciudadana que había solicitado documentación de un expediente de subvenciones de formación para el empleo, dicha Consejería se enroca sospechosamente al vulnerar de nuevo la Ley y las resoluciones del Consejo de Transparencia de Andalucía.

Ha de recordarse que el citado Consejo, mediante su Resolución 324/2019, había instado a la citada Consejería a entregar en un plazo de 20 días -a contar desde el 27 de noviembre de 2019- la documentación solicitada por la ciudadana.

Al día siguiente de la publicación de la noticia denunciando las ilegalidades cometidas, la ciudadana afectada recibió un correo electrónico de la Unidad de Transparencia de dicha Consejería, cuya responsable es María del Mar Salas Romero de la Osa. Al mismo se adjuntaba una Resolución suscrita por la Directora General de Formación Profesional para el Empleo, María del Carmen Poyato López, manifestando lo siguiente, entre otros extremos:

1) En fechas 8 y 16 de enero de 2020 se concedió trámite de alegaciones a las personas jurídicas que constaban en el expediente administrativo de la subvención, con suspensión del plazo de cumplimiento de la Resolución 324/2019, comunicándoselo al Consejo de Transparencia. Como se indicó en la anterior noticia, con este innecesario trámite se incumplió la Ley y la resolución del citado Consejo.

2) El 15 de enero de 2020, la Consejería recibió oficio del Director del Consejo de Transparencia mediante el cual se informaba que no cabía la pretendida suspensión del plazo de cumplimiento de su resolución.

3) Resuelve conceder el acceso a la información pública solicitada por la ciudadana, indicando que se adjuntaba como Anexo a la resolución copia del expediente administrativo.

Carmen Poyato López; directora general de Formación para el Empleo (FPE); Francisco Javier Loscertales Fernández, secretario general de Ordenación de FPE; y
Rocío Blanco, consejera de Empleo.

Sin embargo, además de ser absolutamente innecesario dictar dicha resolución, porque la Consejería tendría que haberse limitado a entregar la documentación en el plazo concedido, tal como le instó el Consejo de Transparencia, para colmo el correo electrónico no adjuntaba ningún documento. Al contrario, en el correo remitido por la Unidad de Transparencia se indicaba lo siguiente:

Mediante esta comunicación se procede a notificar la resolución adoptada, indicándole que, no habiendo sido posible adjuntar la documentación, la misma está disponible en la sede de esta Dirección General sita en la c/ Albert Einstein núm. 4, debiendo contactar al objeto de concertar el acceso, con el Jefe de Servicio de Análisis y Planificación de la FPE en la siguiente cuenta de correo electrónico (…)”.

Es decir, sin motivarlo, la Consejería intenta obligar a la ciudadana a ir presencialmente a Sevilla a obtener las copias de los documentos del expediente, pese a la clara voluntad expresada en su solicitud de obtener la misma por vía telemática en su solicitud. Como ya resolvió el Consejo de Transparencia en la Resolución 3/2019, de 11 de enero, disponible en su página web, la Consejería de Empleo tiene la obligación de entregar la documentación escaneada a través del correo electrónico facilitado por la ciudadana, y si su volumen impidiera dicho envío, puede indicarse en el correo electrónico una dirección de consigna para su descarga, lo cual es sabido por todos los responsables de las Unidades de Transparencia de la Junta de Andalucía.

Para colmo, dicha ciudadana vive en Almería, lo cual agrava el asunto por las innecesarias molestias y los costes que crearía su desplazamiento. No obstante, ha de indicarse que el lugar de residencia no es un criterio legal que permita restringir o facilitar la entrega de documentos si la modalidad elegida por cualquier ciudadano es la telemática: resida donde resida, debe entregarse por vía telemática.

La ciudadana afectada ha denunciado a los responsables por infracción muy grave

La ciudadana está indignada con el maltrato que está recibiendo de la Consejería de Empleo que dirige Rocío Blanco (Ciudadanos). Este trato humillante recuerda al de las reses vacunas mancornadas, forzando al animal a mantener la cabeza en tierra: de esta manera obliga la Consejería a los ciudadanos a rendir pleitesía a sus nuevos faraones, en posición sumisa.

Ejemplo de una res mancornada.

El cúmulo de ilegalidades cometidas por las autoridades y personal responsables de la Consejería apunta a un concierto de voluntades y a una intencionada demora en la entrega de la documentación solicitada, a sabiendas de los graves incumplimientos en los que han incurrido con cada acto realizado.

¿Hay algo que ocultar?, se pregunta la ciudadana afectada. Por todo ello, dado que estas actuaciones están tipificadas en la Ley de Transparencia como infracción muy grave, la ciudadana ha interpuesto la correspondiente denuncia ante el Consejo de Transparencia de Andalucía, pudiendo recaer a los mismos las siguientes sanciones:

a) A las autoridades, declaración del incumplimiento y publicación en el BOJA, el cese en el cargo y no poder ser nombrados para ocupar cargos similares por un período de hasta tres años.

b) Al personal funcionario y laboral, en su caso, el régimen disciplinario legalmente aplicable a cada uno.


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3 comentarios

  1. Francisco Espada Romero

    Todo lo referente a las sanciones, será posible si la persona encargada de ello no come del mismo plato q los a expedienta. Hay pruebas de ello y jueces q por no ser los mismos dictaminan lo contrario unos de otros y jueces q dejan en el limbo de categoría, a trabajadores con 40 años de antigüedad.

  2. Francisco Espada Romero

    Todo lo referente a las sanciones, será posible si la persona encargada de ello no come del mismo plato q los a expedientar. Hay pruebas de ello y jueces q por no ser los mismos dictaminan lo contrario unos de otros y jueces q dejan en el limbo de categoría, a trabajadores con 40 años de antigüedad.

  3. Emilio Arenas

    La indefensión ante las tropelías de quien tiene que velar y cumplir por la ley y el ciudadano, incita en sus actos al odio y violencia, con sus formas

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