El Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid celebró el pasado miércoles la audiencia previa de la demanda de la Asociación de Medios de Información (AMI), que representa a 87 empresas editoras de medios de comunicación, contra la compañía tecnológica Meta Plataforms Ireland Limited, propietaria de las redes sociales Facebook e Instagram, entre otras
En la demanda se ejercita una acción de competencia desleal por infracción del artículo 15 de la Ley de Competencia Desleal. Se recuerda que se considera desleal prevalerse en el mercado de una ventaja competitiva adquirida mediante la infracción de las leyes. Esta ventaja competitiva ha de ser significativa.
La norma que se considera infringida en la demanda es el artículo 6 del Reglamento de la Unión Europea 2016/679, de protección de datos. Pero también tendrán que ser valorados los principios relativos al tratamiento de datos, regulados en el artículo 5 del Reglamento 2016/679. En la demanda se sostiene que la ventaja competitiva obtenida por Meta en publicidad se centra en la infracción de estos preceptos. Por parte de Meta se niega esta infracción.
La prueba admitida a la AMI, en el transcurso de la audiencia previa, va dirigida a acreditar esta infracción, y afecta tanto a la política de privacidad como a la política de cookies. La prueba admitida a Meta va dirigida a acreditar que no obtiene una ventaja competitiva frente a las editoras de comunicación demandantes y a cuestionar la indemnización por daños y perjuicios causados en publicidad on line que reclaman las demandantes.
Resolución oral del recurso interpuesto por Meta
En la audiencia previa, se hizo referencia expresa a la Sentencia del TJUE de 4 de julio de 2023, que interpreta el artículo 6 del Reglamento y a la Sentencia del TJUE 4 de octubre de 2024 (Schrems III), que analiza la utilización de cookies, social plug-ins y píxeles, así como al principio de minimización, conforme al cual los datos personales habrán de ser adecuados, pertinentes y han de utilizarse de forma limitada a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados (artículo 5.1.c del reglamento).
En la demanda se reclama a Meta, cuyo presidente del Consejo de Administración es Mark Zuckerberg, un total de 551.322.000 de euros, que es la cantidad perdida por las demandantes en ingresos publicitarios, según los informes periciales aportados por la parte demandante.
Durante la audiencia previa, se ofreció celebrar el juicio el próximo 11 de julio, pero el abogado de AMI acreditó la imposibilidad de estar presente. Finalmente, el magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid ha fijado para los próximos 1 y 2 de octubre de 2025 la vista oral del juicio.
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