Nuestro país es un país que adolece de historia democrática, que salvo breves períodos del siglo XIX y de la II República, siempre ha vivido en dictaduras y en represiones
Mucho les queda por aprender de democracia a todos los que se enorgullecen de la supuesta «madurez democrática” en este país, cuando se aplican leyes que limitan el derecho a reunión, libertad de expresión y manifestación. Un Estado que, hasta hace poco más de 40 años, era un régimen autocrático, y en el que esa esencia del régimen anterior todavía sigue incrustada y muy viva.
Todo esto viene a colación con las declaraciones ante la prensa que hizo la señora Susana Díaz a la salida de los juzgados, tras declarar en el juicio contra Jesús Candel, donde hasta en cinco ocasiones lo acusó de “incitar al odio”, un delito del que nunca fue acusado ni juzgado. Los privilegios de la señora Díaz como diputada autonómica no operan como ha dejado claro el Tribunal Constitucional, “cuando los actos hayan sido realizados por su autor en calidad de ciudadano (de “político” incluso) fuera del ejercicio de competencias y función que le pudieran corresponder como parlamentario”. En suma, no serán perseguibles las declaraciones realizadas en una sesión parlamentaria, aunque puedan resultar ofensivas, pero sí si se hacen, por ejemplo, en una rueda de prensa o en un mitin.
Este es el caso donde nos movemos. Las gravísimas acusaciones de Susana Díaz a Jesús Candel no pueden quedar impunes por el bien común de la democracia y del propio Estado de Derecho. La Señora Díaz acusó de incitar al odio a un ciudadano. Por cinco veces acusó al Sr. Candel de incitar al odio, a sabiendas de lo que decía, a sabiendas de dónde lo decía, a sabiendas de hasta dónde llegaría esa denuncia pública, a sabiendas de que la Fiscalía Provincial de Granada no acusó ni imputó nunca al Sr. Candel de ese delito.
Y es en este punto donde la inadmisión de la querella por el TSJA intenta justificar el comportamiento de la Sr. Díaz. El principal argumento, para exonerar a Díaz es el siguiente: «Es claro que “incitar al odio” no es un hecho concreto. Podría ser calumnioso poner en boca o atribuir falsamente a una persona una determinada afirmación, acto o manifestación concreta, denunciable, que mereciera la calificación de delito de odio: por ejemplo, afirmar que una persona ha convocado a la población a través de sus redes sociales a hacer la vida imposible a determinado colectivo especialmente vulnerable, cuando ello fuera inventado. Pero no es calumnia haber dicho (una o cinco veces) que el querellante “incita al odio”, sin inventarse una conducta concreta que pueda calificarse como incitadora de odio a colectivos o grupos determinados de los descritos en el art. 510 del código penal.
No se podría denunciar a una persona diciendo de él que está “incitando al odio”, pues eso no es poner en conocimiento del Juez un hecho concreto, sino una apreciación: por la misma razón, tal afirmación no podría ser calumniosa en sentido penal. Dicho de otro modo, cuando lo falso es la comisión del hecho concreto, podemos estar en el ámbito de la calumnia; cuando, en cambio, lo discutido es la “calificación” de ese hecho, entonces no estamos en el ámbito de la calumnia, sino en el del ejercicio de la libertad de expresión, que «opera como causa excluyente de la antijuridicidad de la conducta» (SSTC 115/2004, de 12 julio y 278/2005), y es claro que aquí la discusión no se centra en si el querellante ha dicho o hecho algo en concreto, sino en si sus comportamientos en su activismo social incitan o no al odio en sentido penal».
Algo con lo que muchos, muchísimos, no estamos de acuerdo porque choca frontalmente con el Estado de Derecho y con lo que sucedió en realidad. La señora Díaz era consciente en todo momento en la rueda de prensa que estaba dando de que acusaba al Sr. Candel de un delito tipificado en el código penal. Por cinco veces lo acusaba de incitar al odio. Cuando acusaba al Sr. Candel de incitar al odio lo estaba acusando de un concepto claro y conciso, le está señalando como la acción de un delito concreto, no puede el Tribunal, pues, permanecer ajeno a esta acusación, ni intentar justificar su uso como libertad de expresión, o que no lo acusó como plantea de delito de odio, de que es “una apreciación”, para exculpar la grave conducta de la Sr. Díaz.
La Sra. Díaz, como todo ciudadano, está sometida al imperio de la Ley, y cuando acusa al Sr. Candel ante la prensa de incitar al odio lo está acusando como la acción de un delito específico. Y no menos grave es que las declaraciones las realiza la señora Díaz a la salida del juzgado ante la prensa, donde acababa de declarar contra el Sr. Candel por injurias y calumnias, en ningún momento por delitos de odio, teniendo perfecto conocimiento de que no estaba acusado de ese execrable delito, cosa que sabía perfectamente la Sra. Díaz, tanto por los autos – a los que tuvo acceso a través del Gabinete Jurídico de la Junta que la representaba – ya que se personó contra el Sr. Candel, como por la prensa.
Por lo tanto, las manifestaciones de la Sra. Díaz ante la prensa no son precipitadas ni espontáneas, sino que por su forma de producción son la expresión serena y precisa de quien quiere decir exactamente lo que dice sin concurrencia del arrebato o la impulsividad que pudiera ser predicable de la expresión verbal. Lo hace con expresa conciencia de lo que estaba haciendo y diciendo. En ningún caso se encuentra la justificación de ese hecho como libertad de expresión para rebajar la atribución de “incitar al odio” del Sr. Candel a una simple “apreciación”. Además, es imprescindible señalar que el delito de odio es uno de los peores delitos a los que se enfrentan los seres humanos.
Esta señora aún está protegida.
Los tentáculos del PSOE están ahí.
Muchos años han estado cimentando esto.
Costará bastante!!.
Por supuesto que el Tribunal debería admitir la querella. De lo que debería darse cuenta esta mujer es de que Jesús es portavoz de miles de personas que piensan y siente como él, que nos denuncie a todos, que abran listas y dejamos datos.
Gracias Antonio. No nos incita al odio Jesús Candel, nos habéis abierto los ojos a muchísimos miles de ciudadanos. Agradezco tu artículo porque lo relatas, alto y claro. Justicia imparcial!!!!!!!!!!!!!!!, de una puñetera vez!!!!!!!.
Así es Antonio. Justamente Jesús consigue lo contrario, no odiamos a los que se saltan la ley descaradamente, nos ha enseñado a denunciarlo y a defender nuestros derechos, esos que os estáis molestando en explicarnos y los que creíamos no tener de tantas veces que habían sido vulnerados,. Aquí no se odia, se reclama y cada vez con más fuerza porque somos más. Gracias a todos los que sin tener porqué, os habéis molestado en darnos vuestra parcela de lo más grande que pueda tener un ser humano. El conocimiento. Sin esto, sólo queda ignorancia y resignación
Gracias Antonio, yo estaba hecha un lío con lo de «actos sí» «calificación no»: lo que dices me aclara todo, porque imputar un delito de incitar al odio de modo totalmente consciente y ante los medios de comunicación, es delito se mire como se mire; lo que no tienen la señora Díaz son pruebas, hechos concretos que decir que hiciese el señor Candel, que sean imputables de ese delito de incitar al odio. No tiene pruebas, eso es lo que le falta a esta presunta delincuente.
Realmente sólo me queda dar las gracias a Antonio Barreda por su artículo, ya él lo expone todo muy claramente, estoy totalmente de acuerdo en esos argumentos, por lo tanto en que ese TSJA tendría que haber admitido la querella.
Lo que ahora se tiene hacer es seguir apoyando las luchas y manifestaciones contra las injusticias… y el ABSTENERSE en las Elecciones de este corrupto sistema partitocrático.
¡Excelente artículo Antonio!
El TSJA qué se lo haga mirar.
No sólo hacen injusticia con el Sr.Candel también con miles…
¿Dónde hay que firmar?
De sabido es, que en este país…los dueños del poder tienen buenos perros en las cancelas,,,las declaraciones de esta aceitera las oímos todos, y bien claro dejo con sus repeticiones de que invitaba al odio las decía para hacer mella y oído a la ciudadanía…su atención atención muy clara quedaba,,,,no se puede hacer la vista gorda, señores que supuestamente impartís justicia..por qué entonces el descrédito lo dejáis cada vez más patente….
Esos jueces son unos hijos de puta.
Pero, ojo, no es una injuria ni calumnia por mi parte, es sólo una simple apreciación personal.
😉