El Sindicato de Enfermería (Satse) en Huelva ha ganado una nueva sentencia que condena al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar a una enfermera por el daño económico que le provocó el indebido funcionamiento de la Bolsa de Empleo temporal. En concreto, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Huelva reconoce el derecho de la enfermera a ser indemnizada con 1.258,55 euros por responsabilidad patrimonial de la Administración en los errores que provocaron que se omitiera su llamamiento en la Bolsa de Empleo
Según explica el Sindicato de Enfermería la sentencia detalla que la demandante, a fecha 27 de marzo de 2020, se encontraba disponible en Bolsa Única de Empleo Temporal del SAS con una puntuación de 32,750. En esa fecha se ofertaron contratos en el Hospital Juan Ramón Jiménez a otros candidatos con puntuaciones inferiores (31.300, 32.275 y 32.100) y lo mismo ocurrió el día 31 de marzo del año pasado, cuando se ofertó contrato a otra candidata con puntuación de 31.200.
Ante este evidente perjuicio, la enfermera presentó, con fecha de 13 de abril de 2020, una reclamación ante la Comisión de Bolsa Única del Hospital Juan Ramón Jiménez, siendo desestimada su reclamación, pero donde se le informó de que, «en relación a la misma, le informamos que, una vez analizada la documentación aportada, se ha comprobado que los días 27 y 31 de marzo estaba disponible. En el momento de realizar la oferta aparecía en bandeja, pero no llegó a recibir comunicación, porque los nombramientos se ofertaron y adjudicaron a los candidatos que estaban también en bandeja”.
Esta respuesta, tal y como expone Satse y se ratifica en la sentencia, significa y reconoce por parte de la administración que la enfermera demandante se encontraba disponible los días 27 y 31 de marzo y, a pesar de ello, y siendo norma básica de Bolsa Única que los llamamientos sean por orden de puntuación, «a la demandante no se le llamó y sí a otros candidatos con menor puntuación».
Por tanto, la sentencia concluye estimando la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la recurrente a consecuencia del indebido funcionamiento de la bolsa de empleo temporal, responsabilidad que extiende desde el día 28 de marzo al 13 de abril de 2020, ya que finalmente fue contratada el día 14 de abril de 2020, fijando el juez el abono como indemnización de la cantidad de 1258,55 euros.
«Que no sigan repitiéndose estas actuaciones»
El Sindicato de Enfermería ha valorado de forma positiva este nuevo fallo judicial que «deja en evidencia los errores en el funcionamiento de la Bolsa de Empleo temporal del SAS y las consecuencias que tienen para los profesionales». Se da la circunstancia de que es la cuarta sentencia ganada por Satse en lo que va de año en Huelva, en las que el SAS es condenado por el deficiente funcionamiento de la Bolsa de Empleo temporal.
Por eso, la organización sindical ha advertido que «seguirá velando para que no sigan repitiéndose estas actuaciones por parte de un organismo público, que se supone garante del cumplimiento de las normas y que, sin embargo, vulnera su propio sistema de contratación«.
En cualquier caso, a juicio de Satse, la Bolsa Única de Empleo «continúa siendo la mejor herramienta para garantizar que la contratación en el SAS se realice siguiendo los principios de transparencia, igualdad, méritos y capacidad, si bien para que cumpla con su finalidad, la Administración sanitaria debe adoptar las medidas necesarias para mejorar su funcionamiento como, por ejemplo, incrementar los recursos materiales y humanos de las comisiones de valoración».
Y qué me dice el Sindicato SATSE, cuando un compañero de Mantenimiento en Turno rotatorio, tiene que doblar Turno porque su relevo no se presenta…y no le pagan las horas de Atención Continuada «C» y le compensan por horas de Descanso? Aqui vosotros también podíais echar una mano para que no se cometa este abuso con el Personal No Sanitario desde Junio de 2.012.