El Gobierno de Moreno Bonilla otorga un protagonismo inusitado a Ibermutua mediante un decreto que permite evitar la intervención del médico de familia en el alta del paciente en los procesos de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes
La consejera de Salud y Consumo, Catalina García, insistió el pasado 22 de febrero, ante el pleno del Parlamento, en que el Gobierno de Juanma Moreno no iba a «privatizar nada» en la sanidad pública andaluza y pidió a los partidos de la izquierda, PSOE-A, Por Andalucía y Grupo Mixto-Adelante Andalucía, que dejasen de «infundir miedo» a los andaluces.
Así se pronunció García a raíz de la revuelta de los grupos de PSOE-A, Vox y Por Andalucía y de los sindicatos por la orden por la que «se actualizaba y desarrollaba el sistema de presupuestación y tarificación de convenios y conciertos» que suscriba el Servicio Andaluz de Salud para la prestación de asistencia sanitaria en centros sanitarios.
«Este gobierno no va a privatizar nada: N-A-D-A. No es no», sentenció la consejera, quien acusó a los partidos de la oposición de «lanzar acusaciones infundadas» sobre una supuesta privatización de la sanidad, para tratar de «confundir a la opinión pública», ante la cercanía de las elecciones municipales del 28 de mayo. Pues bien, al final tuvo que modificar aquella orden y las acusaciones resultaron ser fundadas.
En su empeño por darle protagonismo a las empresas privadas en el sistema sanitario público andaluz, el Gobierno de Moreno Bonilla firmó el pasado 25 de julio el l Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Consumo y el Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía e Ibermutua, para potenciar la colaboración sanitaria en procesos de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
El acuerdo se publicó en el BOJA del 4 de agosto: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/149/24. Dice así: “El presente convenio tiene como objeto establecer las bases de la colaboración entre la Consejería de Salud y Consumo, el Servicio Andaluz de Salud e Ibermutua, así como aquellas mutuas colaboradoras que se adhieran al presente convenio, con el objetivo de impulsar la cooperación y coordinación en aras de la eficacia del seguimiento y control de la gestión relativa a los procesos de incapacidad temporal derivados de contingencias comunes”. Es decir, que acuerdan con Ibermutua, pero puede extenderse a todas las mutuas que lo deseen.
El acuerdo permite evitar la intervención del médico de familia en el alta del paciente, ya que la mutua termina el proceso con una propuesta de alta dirigida a la Inspección: «La colaboración estará basada en el mayor aprovechamiento de la capacidad de la mutua para prestar asistencia sanitaria a los trabajadores en baja por contingencia común, concluyendo el proceso asistencial con un informe elaborado por los servicios médicos de la mutua que se adjuntará a la propuesta de alta que se tramite a la Inspección de Servicios Sanitarios».
Se incluye toda la asistencia sanitaria, y no sólo en procesos traumatológicos, como preveía el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). La asistencia sanitaria prestada por Ibermutua, en relación con el proceso causante de la situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, podrá extenderse a los siguientes ámbitos:
1. Exámenes y reconocimientos médicos.
2. Pruebas diagnósticas y funcionales complementarias.
3. Exámenes y reconocimientos médicos en interconsultas de atención especializada.
4. Dispensación de especialidades y productos farmacéuticos.
5. Tratamientos de fisioterapia y rehabilitación física.
6. Intervenciones quirúrgicas, en su caso.
Quinta. Autorización para la prestación de asistencia sanitaria.
En teoría y según el decreto, hace falta el consentimiento del paciente: «De acuerdo con lo establecido en el artículo 82.4.d) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, y el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre la colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, los servicios médicos de Ibermutua solicitarán el preceptivo consentimiento informado al trabajador en baja y la previa autorización de los servicios médicos del Servicio Público de Salud». «Pero si a una persona que tiene dolores o está incapacitada se le da a elegir entre ir a la sanidad pública dentro de tres meses o a la mutua la semana próxima, está claro que muchos elegirán la mutua«, subrayan desde Comisiones Obreras.
El paciente «difícilmente se va a librar de la tutela de la mutua» sobre su proceso de Incapacidad Temporal (IT), a juicio de CCOO, aunque según el BOJA, el paciente tendrá «capacidad para rescindir en cualquier momento el consentimiento otorgado y continuar su tratamiento exclusivamente en el Servicio Público de Salud».
Ibermutua (o cualquier otra mutua), presente en todo el proceso de IT
La intervención de la mutua en el control del proceso de IT no se limita al alta, sino que actúa a lo largo de todo el proceso de IT: «Los servicios médicos de Ibermutua remitirán informes periódicos coincidiendo con las fechas de emisión de los partes de confirmación previstos en el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio».
Finalizado el proceso asistencial, los servicios médicos de Ibermutua emitirán un Informe de síntesis que recoja todos los datos clínicos del proceso. En concreto, recogerá un resumen de su historial clínico, la actividad asistencial prestada, el diagnóstico y las recomendaciones terapéuticas, ajustándose a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Este informe, que también será entregado al paciente, se adjuntará a la propuesta de alta médica a efectos de la gestión de la incapacidad temporal. La firma del propio trabajador será prueba del conocimiento de la propuesta emitida por la mutua, que posteriormente se remitirá a la Inspección de Servicios Sanitarios correspondiente.
Dicha propuesta será tramitada por la Inspección de Servicios Sanitarios conforme a las previsiones del artículo 6.2 del Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los 365 días de su duración, a fin de emitir el pronunciamiento que corresponda en cada caso.
El alta puede ser propuesta por la mutua incluso aunque no proporcione tratamiento al paciente: «Tanto en los casos de disconformidad del paciente citados en la estipulación séptima como en aquellas propuestas de alta que puedan realizar los servicios médicos de la mutua en relación con los procesos de baja en que no se realice tratamiento alguno…».
Luis González: «Supone una parcelación de la asistencia sanitaria»
El portavoz de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Comisiones Obreras en Andalucía, Luis González, pone de relieve que dejar a los médicos de familia fuera del tratamiento y control de esas IT «supone una parcelación de la asistencia sanitaria«. «Supone también mercantilizar la baja laboral, dejando en manos de una entidad patronal un proceso que tiene consecuencias económicas para las empresas. La baja laboral no es un mero acto administrativo, sino que es una medida que forma parte del tratamiento del paciente».
Esta organización sindical considera que la Junta de Andalucía «afronta la penosa gestión de las listas de espera con una doble vía de privatización«. «Antes, sólo con los centros sanitarios privados y ahora se les unen las mutuas. Un sistema perverso donde incluyen la voluntariedad del paciente que tiene que elegir entre mantener sus molestias durante años en una lista de espera infinita o ir a la mutua la semana próxima, sin saber las consecuencias finales de esa decisión», denuncia González.
CCOO recomienda a todos los trabajadores «que se nieguen a que su enfermedad común sea atendida por la mutua y opten por la neutralidad y capacidad del médico de familia, a quien sólo le preocupa su salud y no los intereses de las empresas». Y exige, una vez más, a la Junta de Andalucía presupuestos y personal suficientes para la sanidad pública que permitan una asistencia sanitaria adecuada y sin demoras intolerables. Y no más medidas «intolerables» de privatización.



En 2017 ya me dió el alta Fraternidad y derivó el alta al INSS, a pesar de que la baja me la dió mi MAP. Seis años después, necesito silla de ruedas eléctrica para poder acudir a citas médicas.
Fraternidad nunca realizó ninguna prueba diagnóstica.
Hijos de mil padres.
Con ésto ponen en regla lo que llevan años haciendo a su antojo.