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La consejera de Salud, Rocío Hernández.

Salud

La Inspección de Trabajo solicita al SAS la elaboración de un listado de puestos exentos de riesgo para embarazadas

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La Inspección de Trabajo da la razón al Sindicato Médico Andaluz (SMA) y exige al Servicio Andaluz de Salud la elaboración de un listado de puestos exentos de riesgo para embarazadas, de parto reciente o en periodo de lactancia, previa consulta con los representantes de los trabajadores

En un comunicado, el Sindicato Médico Andaluz (SMA) ha destacado que «han sido necesarios años de reclamaciones, multitud de escritos remitidos a la Subdirección de PRL, insistencia en la obligación del cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y finalmente, denuncia ante la Inspección de Trabajo autonómica» para que «por fin» les den «la razón».

Según traslada el sindicato, este requerimiento deberá cumplirse al margen de que se establezcan otros posibles listados recogidos en el procedimiento 30, «protección en embarazo y lactancia natural«. «Y esto es así porque, en la contestación a nuestra denuncia de las investigaciones realizadas se desprende que la implantación de este procedimiento no es homogénea en todas las unidades de prevención, y al final la única solución posible es acatar lo que determina el Artículo 26.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales», ha señalado.

Como recuerda Inspección en su escrito, el Procedimiento 30, denominado «protección en embarazo y lactancia natural», fue aprobado por la mesa sectorial de Sanidad en el año 2010, en concreto en la sesión celebrada el 12 de febrero de 2010, y por tanto fruto de la negociación y acuerdo colectivo, en los que consta la firma de CCOO, UGT, Sindicato Médico Andaluz, Satse, USAE Y CSIF, y actualizado en fecha 14 de mayo de 2024.

Aplicación no homogénea

Este procedimiento del sistema de gestión de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio Andaluz de Salud determina el proceso que se implantará en los centros asistenciales del SAS en los casos de las profesionales que se encuentren en situación de embarazo, parto reciente o lactancia natural. Pero el escrito detalla que, «aunque la aprobación de procedimientos de gestión de la prevención de riesgos laborales tiene como objetivo homogeneizar y establecer un marco de actuación común en todos los centros del SAS para garantizar niveles de protección homogéneos en todos los profesionales de los centros asistenciales del SAS, en la práctica la aplicación de estos procedimientos no es homogénea«.

El sindicato médico sigue detallando que el escrito remitido recoge que las evaluaciones de riesgos laborales de los puestos de trabajo, según el SAS, están realizadas y que, además, se efectúa una evaluación adicional del puesto de la trabajadora que está en estas situaciones. Sin embargo, el SMA aclara que los delegados de prevención se encuentran a diario situaciones en las que estas «evaluaciones individualizadas por puesto de trabajo» son evaluaciones de «puestos tipo», lo que por otra parte «es perfectamente lógico dada la exigua plantilla de recursos humanos, materiales y económicos asignados a la Salud Laboral en el ámbito del SAS».

Al respecto, la Inspección apunta que, «teniendo en cuenta el volumen de plantilla de la empresa, en un sector feminizado, el número de situaciones protegidas que se producen constantemente, y realizando el SAS la evaluación específica del puesto de trabajo exigida por la normativa de aplicación cuando se tiene conocimiento de la situación de embarazo o lactancia natural, y teniendo en cuenta que la empresa aplica el procedimiento acordado en mesa sectorial de sanidad, en aras de la eficacia y eficiencia de la actuación inspectora, se le informa que si tienen conocimiento de casos concretos e individualizables en que se esté incumpliendo la normativa de aplicación o el procedimiento acordado, se ponga en conocimiento de esta Inspección al objeto en su caso de ser investigados».

Trabas y dilación

En este marco, el sindicato médico ha denunciado en el comunicado a la prensa la «realidad» de las facultativas embarazadas, «a las que se les ponen trabas para acceder a la tramitación de la suspensión por riesgo biológico y, cuando se consigue, el procedimiento se dilata; mientras pueden hacer teletrabajo, formato que impide (en la mayoría de las especialidades) desarrollar las funciones esenciales de su profesión, entre las que está la actividad asistencial directa a los pacientes en su puesto de trabajo».

Además, prosigue el SMA, «existe otra situación de riesgo, que, al ser valorada, repercute en un incremento de la brecha salarial por razón de sexo, y es que las guardias, con el componente de trabajo nocturno y penosidad, están prohibidas en estas situaciones, pero si no se realizan, no se plantea el derecho a un prorrateo de las mismas, que impida la pérdida retributiva que esta situación acarrea en unos sueldos ya de por sí exiguos».

«Trabajar en el Servicio Andaluz de Salud, ser facultativa y estar embarazada. Ésos son los tres factores de riesgo para conciliar vida familiar y laboral en el país con menor índice de natalidad de toda Europa», ha concluido el Sindicato Médico Andaluz.


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Un comentario

  1. Embrujo

    Me parece muy justa la reivindicación, que bien harían este Sindicato en preocuparse también por las justas reivindicaciones de otros colectivos, como son Mantenimiento.

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